Preocupa a IP impuesto de 2% para apps de reparto a domicilio en CDMX

El sector privado y las plataformas digitales DiDi, Rappi y Uber Eats expresaron su preocupación ante el posible fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de los amparos presentados contra el cobro del 2 por ciento sobre comisiones de plataformas digitales de entrega y reparto en la Ciudad de México.

Las confederaciones Patronal de la República Mexicana (Coparmex), de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco), de Cámaras Industriales (Concamin), la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac), así como las firmas digitales consideran que dicho cobro “dañaría a los consumidores y usuarios por un fin meramente recaudatorio.”

Los principales organismos del sector privado consideraron que un fallo en estos términos impactaría negativamente a la economía colaborativa, desde plataformas digitales, restaurantes y comercios —que son en su mayoría pequeñas y medianas empresas— así como a repartidores.

El impacto negativo, indicaron, también es a la industria que ha impulsado el cumplimiento con diversas cargas tributarias y obligaciones fiscales tanto a nivel federal —incluyendo el pago de IVA e ISR— como local.

“La economía colaborativa es fundamental en una época en que los negocios se recuperan de la crisis causada por la pandemia por covid-19. Esta política en proceso de revisión por la SCJN impactaría a las plataformas digitales, pero también, indirectamente, a los restaurantes, comercios, repartidores y, directamente, a los consumidores, dañando la cadena de consumo y de valor”, dijo la Concanaco.

La iniciativa privada advirtió que entre otras implicaciones, la propuesta podría generar una doble tributación, provocando un potencial desequilibrio entre las obligaciones fiscales vigentes para las plataformas digitales.

Calificaron que se trata de un tributo discrecional, el cual fue diseñado de manera discriminatoria contra plataformas digitales y que no afecta a otros servicios de entrega similares a los que intermedian dichas plataformas.

Refirieron que datos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) indican que el 40 por ciento de los emprendimientos en México pertenecen al sector restaurantero y de estos, el 96 por ciento utiliza aplicaciones para la entrega de comida y artículos a domicilio.

De acuerdo con la Canirac, las entregas a domicilio representan en promedio el 20 por ciento de los ingresos de los restaurantes en México, y que en algunos casos este servicio constituye entre el 70 y el 80 por ciento de sus ventas.

Las plataformas digitales y organismos empresariales llamaron a la Segunda Sala de la SCJN a “realizar un análisis integral que privilegie los derechos de todos los beneficiados con el uso de aplicaciones digitales, que entre al fondo para evitar cualquier sesgo arbitrario y discriminatorio de dicha norma, así como las posibles implicaciones que tendría dicha contribución, particularmente sobre las necesidades de digitalización de miles de restaurantes, sobre las afectaciones al ingreso directo de cientos de miles de repartidores en el país, y sobre el número de pedidos y órdenes que podrían verse afectadas por la contribución”.

Advirtieron que “ante una medida de tal trascendencia, es fundamental tener un panorama completo sobre la creación de oportunidades económicas, que afectarían la contribución que la tecnología ha aportado en años complejos de recuperación económica e inflación, en México y el mundo”.

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