Por Silvestre Villegas Revueltas
Cuando en 1867 el emperador Maximiliano y los conservadores mexicanos fueron derrotados sucesivamente en Querétaro y con la toma de la Ciudad de México por el general Porfirio Díaz, terminaba un episodio histórico cuyos orígenes estaban a lo largo de la década de 1830 cuando sucesivamente los gobiernos de Inglaterra, Francia y España le reclamaron a los diversos gobiernos mexicanos de dicha década (Bustamante, Santa Anna/Gómez Farías, e interinos) cumplieran con los compromisos financieros, comerciales y de integridad física respecto a los súbditos europeos afincados en la república mexicana.
México adeudaba internacionalmente porque había contratado deuda en Londres, debía porque existían inversiones comerciales francesas, debía porque inexplicablemente (doble sic) aceptó como propia la deuda novohispana, además de los adeudos resultantes por daños en propiedades y vida de diversos españoles residentes en la república. En necesario recalcar que entre 1821 y 1867 los gobiernos mexicanos, ya fuesen federalistas o centralistas, liberales o conservadores, trataron de construir un estado que pudiera llamarse nacional y que no actuaba en solitario sino que tales administraciones de diverso tinte político enfrentaron las presiones y francas agresiones de los Estados Unidos, de las potencias europeas, porque unos y otras, aunado México, estaban inmersos en el siglo XIX que se caracterizó por el afianzamiento del sistema capitalista, por la construcción de un mercado “mundial” y por políticas imperialistas que dividieron al mundo en áreas de influencia, que con altibajos se mantienen hasta la actualidad.
Los países, gobiernos y pueblos ubicados en las zonas periféricas de las metrópolis decimonónicas lucharon y construyeron sus respectivas historias nacionales como un enfrentamiento “nacional” respecto al avasallamiento económico de las potencias: ello se pudo observar en China, en la India, en Egipto y los señalados ejemplos latinoamericanos de Chile, Perú, Venezuela y México.
Respecto a nuestro país, los gobiernos de Benito Juárez, Sebastián Lerdo de Tejada, primera y segunda administración de Porfirio Díaz, más el gobierno del general Manuel González, (1867-1888), todos ellos pusieron por delante lo que se ha conocido como la Doctrina Republicana o Doctrina Juárez, de diciembre de 1867, la cual señalaba que la derrota del Segundo Imperio Mexicanos y sus apoyos europeos le había proporcionado a México la posibilidad de imponer nuevos acuerdos a las potencias económicas, subrayándose la importancia del impulso a las relaciones comerciales. Agregaba la postura mexicana, las actividades de comercio, las negociaciones respecto a la deuda externa de México, y las inversiones extranjeras en la república se harán de acuerdo a lo establecido en las leyes mexicanas. En caso de litigio se procederá en los juzgados y Suprema Corte de la república y no se invocará la protección de una potencia en particular, cuando tales inversiones han sido libremente colocadas por particulares en un giro determinado que siempre implica riesgos económicos.
El gobierno del porfiriato en su segunda y tercera etapa (1888-1900 y 1901-1911) fomentó las inversiones extranjeras en la república porque los acaudalados mexicanos, que no lo eran tanto, preferían invertir su dinero en las bolsas europeas o de los Estados Unidos: siempre han arriesgado poco para con el país. En la banca, en la minería, en el comercio transatlántico, en los ferrocarriles y finalmente en la industria petrolera, los extranjeros fueron quienes desarrollaron tales giros económicos y el gobierno mexicano promovió (por decirlo elegantemente) todos los cambios necesarios en la legislación mexicana para que dichas inversiones se hiciesen respecto a lo que marca la ley del país. Un caso notorio que funcionó muy bien para los intereses de los inversionistas extranjeros y que luego fuera reformado durante la Revolución Mexicana para finalmente ser aplicado a lo que dice la ley después de 1934, fue el precepto constitucional y sus leyes reglamentarias en torno al derecho a la propiedad en México. El porfiriato rompió con la tradición española luego mexicana de que el original poseedor de la propiedad había sido el rey y luego la nación; la reforma porfiriana (debido a las presiones extranjeras) estableció a la manera anglo-estadounidense que era el particular quien tenía el derecho a la propiedad absoluta. De esta manera un inversionista en una mina de cobre, en un campo petrolero, en una enorme hacienda productora de caña de azúcar era el dueño total de dicha propiedad. Ya no era más una concesión de la corona española o de la nación mexicana.
Cuando las compañías petroleras extranjeras en México discutían en los años de 1930 que habían invertido de acuerdo a un marco jurídico positivo y vigente, estaban en lo correcto. Pero, lo mismo en la expropiación cardenista, que en los posteriores intentos expropiatorios nacionalistas en Irán, Egipto, la India, Indonesia y más reciente en la Bolivia de Evo Morales, el común denominador fue el señalamiento de aquellos gobiernos nacionales, en el sentido de que tales empresas internacionales habían ganado miles de millones de dólares por la extracción de dichos recursos y en sentido opuesto, habían pagado una bicoca por concepto de impuestos a la hacienda pública en dichos países. Los inversionistas extranjeros volvieron a escudarse en que sus empresas operaban de acuerdo a un marco jurídico vigente, y estaban en lo cierto. Pero, los queridos lectores se acordarán para el caso mexicano que pudiera ubicarse en otro país, que los gobiernos mexicanos desde el tiempo de Miguel de la Madrid hasta el de Peña Nieto legislaron a propósito para que, por ejemplo, la millonaria compra por parte de inversores estadounidenses y españoles de los otrora Banamex (hoy Citi), Bancomer (hoy BBVA) y Serfin (hoy Santander) no le reportara un peso de impuestos a la Secretaría de Hacienda. Pero si usted, estimado lector, quiere invertir en la Bolsa, quiere comprar un automóvil, quiere comprar una casa o crear una empresa que produzca ventiladores para el Covid debe pagar todos los impuestos de rigor. ¿Por qué tal diferencia entre el gran capital y el individuo que quiere ampliar sus propiedades bajo el marco capitalista que impera en México? Porque los gobiernos mexicanos, -pero el ejemplo es mundial-, han sido copartícipes en crear esquemas de inversión extranjera que resultan en demérito de las finanzas, sueldos y ecología del país: piénsese en las actuales mineras canadienses o en la española Iberdrola y la generación de electricidad. Son negocios, tienen intereses y de ninguna manera se comportan como entidades de beneficencia… aunque para limpiar su imagen pueden tener o promover alguna ONG, una campaña en medios de comunicación contra sus críticos, o algo por el estilo.