Por Jesús Michel Narváez
Cuando en el Senado de la República se frenó la intentona de reducir las prerrogativas a los partidos políticos hasta en un 50 por ciento, el presidente López Obrador amenazó con enviar una “preferente” al inicio del segundo periodo ordinario de sesiones que comienza el primero de febrero.
No se enteró, porque sus asesores no se lo dijeron que “No podrán tener carácter preferente las iniciativas de adición o reformas a la Constitución. Se presentarán hasta dos iniciativas para trámite preferente o señalar con tal carácter hasta dos que se hubieren presentado en periodos anteriores cuando estén pendientes de dictamen”.
La reducción de las prerrogativas es una reforma constitucional.
Hay que modificar el artículo 41 a partir del inciso II y que a la letra dice:
- La ley garantizará que los partidos políticos nacionales cuenten de manera equitativa con elementos para llevar a cabo sus actividades y señalará las reglas a que se sujetará el financiamiento de los propios partidos y sus, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado. El financiamiento público para los partidos políticos que mantengan su registro después de cada elección, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y las de carácter específico. Se otorgará conforme a lo siguiente y a lo que disponga la ley: a) El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el sesenta y cinco por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.
El texto completo tiene los requisitos y las reglas. Lo fundamental es que en el apartado a) se establecen las prerrogativas.
Luego, entonces, es una reforma constitucional que no puede ser preferente.
Por eso, probablemente, optó porque se vuelva a enviar una reforma constitucional, para reducir a la mitad el dinero a partidos políticos.
Pero no PREFERENTE.
“Yo pienso que hay que seguir insistiendo en que se reduzca el presupuesto a los partidos a la mitad, como se presentó una iniciativa, como es reforma constitucional no paso porque hubieron partidos que votaron en contra, pero eso hay que volverlo a presentar porque en efecto, es mucho el dinero que manejan los partidos.
No quita el dedo del renglón. Tiene, por supuesto razón en señalar que es demasiado dinero el que se otorga a los partidos, pero la idea de reducirlo a la mitad de golpe y porrazo es sentenciar a los partidos a la muerte.
Que la nueva iniciativa, no PREFERENTE proponga la reducción paulatina con un tiempo de operación completa de 5 años, tendría lógica y fortalecería la lucha entre los aspirantes a cargos de elección popular de todos los partidos.
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