La implementación de la «ley seca» en las alcaldías Tláhuac y Tlalpan, por el Día de Muertos, es oficial.
Hoy, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, ambas demarcaciones territoriales publicaron los acuerdos.
En el caso de Tláhuac, que gobierna Berenice Hernández, quedó establecido dónde y cuándo estará vigente la «ley seca».
«Se ordena la suspensión de actividades dentro del perímetro que comprenden los pueblos de San Pedro Tláhuac y San Andrés Mixquic, de esta demarcación política en Tláhuac, para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas a las 24:00 horas durante los días 31 de octubre, 1 y 2 de noviembre de 2021, en los establecimientos mercantiles que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación.
«O que se instalen temporalmente con motivo de la ‘Celebración del Día de Muertos 2021’ en la vía pública, tales como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, así como en restaurantes y establecimientos de hospedaje; cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine con venta de bebidas alcohólicas, fondas y cualquier otro similar, o que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública», dice el documento.
Mientras que en Tlalpan, que encabeza Alfa González, se ordenó la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas del 29 de octubre y hasta las 24:00 horas del 2 de noviembre de 2021, en los establecimientos mercantiles ubicados en toda la demarcación territorial en Tlalpan, que tengan operaciones relacionadas con el consumo y venta de bebidas alcohólicas.
En el listado aparecen vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y cualquier otro similar; así como en los establecimientos de impacto vecinal como restaurantes, establecimientos de hospedaje, clubs, cantinas, pulquerías, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de fiestas, de baile, salas de cine, fondas y cualquier otra similar, en que se expendan o consuman bebidas alcohólicas.
Además, se ordena la prohibición del consumo y venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos que se instalen temporalmente con motivo de ferias, festividades populares y tradicionales en la vía pública. Igualmente se prohíbe la venta y expendio de bebidas alcohólicas en el interior de las ferias, romerías, kermeses, tianguis, mercados, festejos populares y otros lugares en donde se presenten situaciones similares en cuanto al consumo y venta de bebidas alcohólica.