Pensiones con Salarios Reales, no con Básicos

Los Privilegios del Poder

Por Verónica V. González y Arnoldo Piñón

Una práctica común entre las empresas es registrar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a un trabajador con salario inferior al que realmente percibe; sin tomar en cuenta las consecuencias diversas que tiene para el trabajador.

Por ejemplo, si el trabajador tiene un accidente o enfermedad que implique una incapacidad mayor a tres días, el Instituto deberá pagar su sueldo mismo que será del 60 por ciento de su salario base de cotización registrado ante el Instituto.

En caso de un accidente de trabajo o enfermedad el IMSS paga el 100 por ciento del salario registrado, lo que implica que el trabajador recibirá un sueldo mucho menor al que realmente percibe.

La empresa no tiene la obligación de pagar la diferencia, pues no existe un documento que la obligue a hacerlo.

Esta práctica empresarial afecta también las cotizaciones que se hacen al Infonavit y, lo más grave además, a la pensión, a un sueldo bajo una pensión baja, cualquiera que sea el régimen de pensión, cuentas individuales o contributivas es decir las que pagan IMSS o ISSSTE.

Especialistas en el ahorro para el retiro han señalado reiteradamente que al terminó de su vida laboral la primera generación de trabajadores recibirá de pensión el 30 por ciento de su último salario. Si su salario registrado ante el IMSS es inferior al real su pensión aún más baja.

Una situación similar, tendrán quienes cotizan al IMSS bajo la legislación del 73, la llamada generación en transición.

De acuerdo con información del Colegio de Contadores Públicos en el rango salarial donde es más común que los trabajadores estén afiliados con un salario menor al real, es de entre uno y cuatro salarios mínimos.

El sistema de subcontratación o contratación por terceros (outsourcing), también afecta a los trabajadores; los salarios son bajos.

Para atender esta situación el IMSS llama a los trabajadores a denunciarlo, sin embargo, el miedo de perder el trabajo o el desconocimiento de la trascendencia negativa futura de esta situación hace que los trabajadores no denuncien.

Llama la atención la situación que sucede con los trabajadores al servicio del estado quienes tienen registrado ante el ISSSTE un sueldo diferente al que perciben.

En el recibo de pago de la burocracia se registran dos sueldos, el base y el llamado compensación garantizada, este último llega a ser hasta del 100 por ciento mayor al del primero.

La cotización ante el ISSTE se hace de acuerdo al sueldo base, en promedio de 7 mil pesos al mes. Este es el sueldo que se registra para la obtención de la pensión, lo que significa que el trabajador que se jubile bajo el régimen de cuentas individuales recibirá cerca de dos mil quinientos como pensión.

Resulta incomprensible que mientras el IMSS multa a las empresas que registren un salario inferior al que percepción real del trabajador, el gobierno federal, en su calidad de patrón, reporte ante el ISSSTE un sueldo inferior.

Y lo que es peor, la pensión del trabajador al servicio del estado se determina conforme al último sueldo siempre y cuando el trabajador registre un mínimo de tres años en el puesto.

Por equidad y justicia social sería loable que los legisladores comiencen a trabajar en esa materia, pues mientras a las empresas se les exige cumplir con su compromiso social, el gobierno se mantiene indiferente a esta situación.

 

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