La extinción de dominio es imprescriptible en el caso de bienes de origen ilícito: Sergio Gutiérrez

Entrevista

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó la minuta para aplicar la extinción de dominio en actos de corrupción y robo de hidrocarburos.

El diputado federal por Morena, Sergio Gutiérrez, Secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales, explicó que una vez  que entre en vigor, bienes adquiridos por servidores públicos que hayan incurrido en actos de corrupción, o bien, comprados con recursos obtenidos por el llamado huachicoleo, pasarán a dominio de la nación, a través de un juicio civil.

Sergio Gutiérrez, explicó que las convenciones internacionales prohíben establecer la imprescriptibilidad de los delitos, salvo el genocidio y la tortura.

La nueva ley define a la extinción de dominio como “la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los bienes a que se refiere la propia Ley, declarada por sentencia de una autoridad judicial. No conlleva una contraprestación ni compensación”.

Los bienes a los cuales podrá aplicarse la extinción son aquellos que “sean producto o instrumento de un hecho ilícito o estén destinados a cometerlos”, y aplica para los delitos de secuestro; delincuencia organizada; los cometidos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos; contra la salud; trata de personas; por hechos de corrupción; encubrimiento; los perpetrados por servidores públicos; robo de vehículos; recursos de procedencia ilícita y extorsión.

“El dictamen destaca que la extinción de dominio es imprescriptible en el caso de bienes de origen ilícito. Para aquellos de destinación ilícita, dicha acción prescribirá en 20 años. Además, la muerte de quien se hubiera encontrado sujeto a investigación o proceso penal, no anula la extinción de dominio, por lo que las consecuencias subsisten aun contra los herederos”.

Además de expedir la Ley Nacional de Extinción de Dominio, reforma el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, la Ley de Concursos Mercantiles y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Asimismo, se establecen los mecanismos para que las autoridades lleven a cabo la disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización de los bienes que les sean arrebatados a la delincuencia, como al narco.

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