El Maestro Oscar Ramos, Académico de la Facultad de derecho de la UNAM, habló de la hipótesis de quien pudiera suplir al presidente en caso de faltar por enfermedad y señaló: “La constitución ha venido a llevar esos supuestos en caso de que el presidente falte y a realidad hoy en día es que nos encontramos ante un procedimiento que no es del todo claro, a pesar de las reformas que se han llevado nuestros artículos 84 y 85, para tratar de traer claridad a este tema, hasta este momento no tenemos bien claro en la Constitución lo que pase ante una falta absoluta del presidente”.
Me parece que estas faltas obedecen a la parte histórica, y tiene que ver con el hecho de el hiper presidencialismo, durante gran parte del siglo XX, ni siquiera se buscó alterar la idea de que el presidente pudiera llegar a faltar, por una especie de respeto reverencial al presidente, esto también por un respeto a la alternancia democrática y a la pluralidad en el Congreso y en las fuerzas políticas, situación en la que no hemos caído, pero en la que pudiéramos caer.
Lo verdaderamente importante en este tema es la continuidad en el ejercicio de Gobierno, en el poder ejecutivo y esa figura de la vicepresidencia que se adopta por primera vez en nuestra Constitución en 1824, no tuvo las consecuencias más favorables, porque desafortunadamente el vicepresidente resultaba ser el principal enemigo, por eso no volteamos a ver a la vicepresidencia por nuestro pasado funesto en ese sentido.
Lo que debemos hacer es darle claridad al texto constitucional pero también a una ley reglamentaria a estos artículos que pusiera los puntos sobre la ies, para poder entender que hacer con una falta absoluta, o la muerte, o la renuncia.
Y también podemos entrar en supuestos como las faltas temporales, y descifrar a partir de cuándo una falta temporal y si hoy en día quien sustituye al presidente es el Secretario de Gobernación, pero seguimos adoleciendo de reglas claras, que nos deberían de llevar a saber cómo opera el Congreso, en su función de Colegio Electoral.
Preguntas como de dónde van a salir los nombres para elegir el relevo del presidente, cuáles van a ser los tiempos, porque necesitamos tiempos claros, pero esos pequeños detalles son lo que debemos tener atención, pero no toda ausencia, nos debería llevar a sustituir al presidente, porque en el caso actual la enfermedad del presidente por SARC COV-II no lo inhabilita para la toma de decisiones, pero una operación si puede ocasionarla y todo esos puntos finos deberían de llevarlos a una reforma Constitucional para a su vez crear una ley reglamentaria y llenar los vacíos de esos asegunes que nos ponen en un peligro de ingobernabilidad.