Traición a la Patria…

Punto de Vista

Por Jesús Michel Narváez

Salvo que se “interprete por la libre” el inciso XII del Artículo 123 del Código Penal Federal que a la letra dice: XII.- Trate de enajenar o gravar el territorio nacional o contribuya a su desmembración, no se encuentra fundamento para acusar penalmente a los legisladores -en este caso diputados federales- de “Traición a la Patria”.

Como recordatorio para aquellos que afirman la acción de aquellos 223 diputados que votaron en contra de la Reforma Eléctrica está el artículo 61 de la Constitución:

“Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ellas.

“El Presidente de cada Cámara velará por el respeto al fuero constitucional de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar”.

En el texto del artículo 123 del CPF, están claramente establecidos en sus XV incisos las acciones que pueden considerarse como Traición a la Patria, las sentencias que habrán de imponerse y las multas que deberán cubrir los imputados.

El espionaje o declarar la guerra a México mediante la invitación a tropas extranjeras, no dejan duda sobre el ilícito que se comete.

No hay referencia alguna que comprometa el voto de los legisladores en torno a una iniciativa que envíe el Ejecutivo o que sea producto de los mismos congresistas o de los congresos locales. 

Por tanto, y en acatamiento del texto del artículo 61 constitucional, se antoja una aberración, una tontería, un despropósito o un abuso de poder, denunciar ante la Fiscalía General de la República por “traición a la patria” a los 223 diputados que frenaron la reforma eléctrica que pretendía regresar a la CFE el control de producción, distribución y comercialización del fluido, dejando sin margen de maniobra a quienes iniciaron parques solares y eólicos para generar energías limpias.

El argumento que sostiene el denunciante, que no podría ser otro que Mario Delgado, dirigente, no líder, de Morena y empleado de Marcelo Ebrard, es que los diputados se opusieron a que el pueblo se beneficiara.

Baladí argumentación. Con la CFE los recibos de luz han registrado incrementos constantes, aunque el consumo sea menor entre bimestres. Absurdo impedir la generación de energías limpias cuando México es firmante de dos documentos globales: el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. 

Parafraseando al presidente de la República, es un “asunto politiquero”. La intención clara del huésped temporal de Palacio Nacional, es destruir las reformas estructurales de la pasada administración. Ya lo hizo con la “mal llamada” Educativa que, acusa, buscó “privatizar la educación”. Nada más falso. El artículo tercero establece la obligatoriedad del Estado de brindar adecuación primaria y secundaria. Ese texto se ha mantenido intocado y la Ley General de Educación, si bien es obligatoria para todos los niveles de gobierno, no menciona la desaparición de la responsabilidad del Estado. Ahora, con los cambios, hay una sensible baja en la de por sí precaria calidad educativa.

Con la iniciativa de ley para reformar los artículos 25 y 28 y “regresarle la rectoría económica al Estado”, situación que no se hadado hasta ahora ni con los gobiernos neoliberales, quedaba de manifiesto que las concesiones y los contratos en materia de generación y comercialización de energías limpias, serían cancelados. Son miles de millones de dólares invertidos -se habla de 40 mil cuyo equivalente en pesos son 5 puntos del PIB, claro, cuando hay crecimiento- y que apuntaban a un cambio de cultura en la producción de luz. Sin el uso de combustóleo para las plantas que, por viejas, lo requieren y están bajo la operación de la CFE.

La cultura de los consumidores cambió. Son miles los que instalaron paneles solares y otros invirtieron en mecanismos para utilizar gas. 

Dice el dirigente de Morena, repitiendo las palabras presidenciales, que los diputados atendieron intereses de empresas “extranjeras” y quizá de ahí quiere colgar e interpretar por la libre el inciso XII del artículo 123 del Código Penal Federal.

¿Actuará la Fiscalía General de la República al margen de la Constitución y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y decida encarcelar a 223 legisladores con fuero?

Primero, y se ignora, para que los congresistas puedan ser juzgados se requiere el desafuero y solamente se alcanza mediante mayoría calificada -en ambas Cámaras del Congreso de la Unión- y, salvo que Pitágoras no haya sabido de matemáticas y sus teorías sean un mito, los partidos del oficialismo no cuentan con los números que les den el poder de desaforar a 223 diputados.

Cuestión de esperar. No hay hasta ahora, un precedente que pueda tomarse como referencia.

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