Por Jesús Michel Narváez
¿Ignorancia?, no lo creo. ¿Mala fe?, es probable. ¿Manipulación?, toda.
Hay que leer el sexto párrafo del artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice:
“Para poder proceder penalmente por delitos federales contra los ejecutivos de las entidades federativas, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas, en su caso los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, y los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía se seguirá el mismo procedimiento establecido en este artículo, pero en este supuesto, la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las Legislaturas Locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda”.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, desechó la controversia constitucional por notoria improcedencia. Esto no implica que se avale la decisión de la Cámara de Diputados de quitar el fuero al gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier Cabeza de Vaca. Implica, eso sí, el respeto a la Constitución y deja claro el respeto al federalismo y la soberanía de los poderes estatales, al aplicar correctamente el principio de autonomía e independencia del congreso estatal.
“… la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las Legislaturas Locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda”.
¿Qué es lo que no entiende el presidente López?
Porque en su conferencia de este lunes, expresó:
«No sabía yo de la resolución de la Suprema Corte, si ya resolvió que no hay fuero constitucional y que no procede, la solicitud de amparo del Congreso local, ya es la Fiscalía la que va a actuar”. (Como información: la Fiscalía tendrá que obtener una orden de aprehensión que obsequiara algún juez federal. Es de dudarse que encuentre uno dispuesto a violar la Constitución. Y como pregunta: por qué tardó tanto en enterarse. Eso demuestra que no es el hombre mejor informado).
Lo anterior lo aseguró después de decir que corresponde a la Fiscalía General de la República (FGR) intervenir en el caso del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
(El Congreso local no presentó solicitud de un amparo, sino una controversia constitucional, señor presidente. Por favor que le pasen bien los “otros datos” en las tarjetitas que tiene siempre a mano).
Como periodista estoy convencido de que el ministro Alcántara Carrancá sí es jurista y que no se dejó avasallar por las presiones ejercidas por el vecino de Palacio Nacional.
Como le escribí el pasado domingo, la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se tornó en una bocanada de oxígeno para el federalismo. Frenó de manera jurídica la intentona de separar del encargo a un gobernador electo -limpia o mañosamente- por los ciudadanos de Tamaulipas.
Desde siempre se supo que correspondía al Congreso Local la última decisión, porque así lo ordena la Constitución en la reforma del 29 de enero de 2016 al artículo 111.
¿De dónde saca elementos el presidente López para decir que el mandatario ya no tiene fuero?
El Congreso Local procedió como “corresponda”.
Al término de la gestión del mandatario y si la carpeta de investigación sigue abierta, la Fiscalía General de la República podrá solicitar y obtener la orden de aprehensión que tanto desea el ciudadano presidente.
Antes, sería violar todo el procedimiento de la administración de justicia. ¿Está claro?
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