Las Opciones del SUTGCDMX Para Deshacerse de Juan Ayala 

Los Privilegios del Poder

Por Verónica V. González y Arnoldo Piñón

Mañana miércoles 10, el Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México (SUTGCDMX), debería iniciar un congreso en el que se tendría que elegir a su nueva dirigencia, concluida la segunda gestión de Juan Ayala Rivero, marcada por la falta de interlocución con la administración de la doctora Claudia Sheinbaum.

Un grupo de dirigentes sindicales seccionarles aglutina a poco más de 70 delegados al congreso de un total de 120. Es decir, cuentan con mayoría, como se demostró durante el consejo de delegados del 21 de junio, cuando mañosamente Ayala Rivero validó que una minoría votara a favor de la propuesta de orden del día, sin someter a votación quienes en estaban en contra, y frente a los reclamos salió del auditorio sin siquiera clausurar los trabajos.

Frente a esas triquiñuelas, lo adecuado es que el congreso ordinario de mañana no se lleve a cabo y los delegados que representan a la mayoría convoquen a un congreso extraordinario, en el que elijan al sucesor de Ayala Rivero. El Secretario general de la sección 1 “Limpia y transportes”, Hugo Alfredo Alonso Ortiz, se perfila como el próximo presidente del SUTGCDMX.

En los últimos meses Ayala Rivero les ha jugado las contras. Así ocurrió en los primeros días de mayo, cuando la sección de “Limpia y transportes” -la más numerosa, por cierto-, fue convocada a una reunión en el Zócalo, y el presidente del sindicato llevó a Ismael Figueroa, el defenestrado dirigente de los bomberos de la ciudad para agredir al gobierno de la doctora Sheinbaum.

Posteriormente, Ayala Rivero pretendió hacer creer a funcionarios de la Subsecretaría de Capital Humano que había sido él quien había convocado a otra concentración en el Zócalo. Días después quedó evidenciado que carecía de la representación de la que hacía gala, cuando varias secciones -incluidas las más numerosas-, pidieron en un mitin contar con interlocución con el gobierno de la doctora Sheinbaum y desconocieron al presidente de su sindicato.

En caso que la mayoría de los delegados decida no asistir al congreso ordinario de mañana en el SUTGCDMX, concluirá la gestión de Ayala Rivero, quien si bien es cierto cuenta con una toma de nota del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje e intentará hacerla valer, la misma está viciada de nulidad debido a que la obtuvo a través de una propuesta, no de una votación, cuando los estatutos establecen que las elecciones son cada cuatro años.

Y lo más importante, los delegados al representar más del 50 por ciento más uno del total de 120, pueden convocar a un congreso extraordinario, donde pueden votar por la destitución de Ayala Rivero. El congreso es la máxima autoridad sindical, por lo que sus determinaciones serían válidas.

También es cierto que la redacción del nuevo artículo 69 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece que la elección de dirigentes sindicales debe realizarse a través del voto personal, directo, universal y secreto de los trabajadores, se trata de una disposición violatoria del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En efecto, en el artículo 3 punto 1 ese convenio garantiza: “Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción”.

Lo anterior significa que ninguna autoridad ni ley secundaria como lo es la LFTSE puede ordenarles la forma de elección de sus dirigentes sindicales. El punto 2 del artículo 3 del convenio 87 de la OIT, precisa: “Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal”.

Ese convenio sirvió de base para que, en 1999, los controladores de tránsito aéreo se constituyeran en un sindicato autónomo, pese a que el entonces artículo 68 de la LFTSE establecía que en cada dependencia pública solo podía existir un sindicato -ellos se desprendieron del sindicato de la SCT-.

Lo lograron mediante un amparo elaborado por el abogado Alejandro Velázquez Méndez.

Por ello es incomprensible que Carlos González Merino, ex magistrado ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje se encuentre en campaña en busca del voto de todos y cada uno de los trabajadores sindicalizados del gobierno de la ciudad, cuando debe saber que los estatutos de los sindicatos son su ley suprema. Y en el SUTGCDMX sus estatutos señalan que la elección de dirigentes es a través de delegados al congreso.

Así las cosas, lo adecuado es que mañana la mayoría de los delegados al 60 congreso ordinario no se presenten para que no se reúna el quórum, pues corren el riesgo de una nueva triquiñuela de Ayala Rivero que les complique deshacerse definitivamente de él.

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