Inicia parlamento abierto para a analizar reforma a la Ley se la FGR

Tal y como lo ofreció el senador Ricardo Monreal el próximo lunes, primero de marzo al filo de las 10 de la mañana, se llevará a cabo el parlamento abierto virtual para analizar la iniciativa de Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República a fin de que los legisladores escuchen todas las voces, se tomen en cuenta las opiniones y juntos construyan un producto legislativo acorde a las necesidades de la institución.

La iniciativa se encuentra muy avanzada y consensuada con las demás fuerzas políticas por lo que se prevé que en los primeros días de marzo se dictamine y se apruebe por el pleno.

La propuesta del senador Monreal ya fue presentada al titular de la Fiscalía, Alejandro Gertz Manero, en una reunión en la que participaron los senadores de Morena y sus aliados.

Ahí, Ricardo Monreal explicó que la iniciativa ha sufrido modificaciones profundas, derivadas de en un intercambio de opiniones entre el equipo de la Fiscalía y un grupo plural de senadoras y senadores, así como con los representantes de los colectivos.

El también presidente de la Junta de Coordinación Política detalló que en el proyecto actual se refuerzan los conceptos de autonomía de las personas servidoras públicas de la Fiscalía, así como la independencia y autonomía técnica de fiscales, es decir, las y los agentes del Ministerio Público de la Federación.

“Se logró además incorporar, como parte de la estructura del órgano de mecanismos alternativos, la solución de controversias, y las facultades de las fiscalías especializadas, las cuales no estaban contempladas en la iniciativa”, indicó.

El legislador señaló que, entre otros cambios aceptados, está el reforzamiento de los mecanismos de elegibilidad para el titular de la Fiscalía General de la República, ahora no sólo la calidad profesional será relevante para designarlo, sino que exista buena reputación y honorabilidad.

Monreal Ávila afirmó que, ante una necesidad social, en el proyecto de ley se establecieron los derechos de las víctimas, por lo que, entre las facultades de las y los agentes del Ministerio Público previstas en el artículo 40, dijo, se incorporaron diversas actuaciones en favor de éstas:

Se deberá informar a la víctima del delito o a la persona ofendida, desde el momento en que se presente o comparezca, sobre los derechos que le otorgan la Constitución, la Ley General de Víctimas, el Código Nacional y las demás disposiciones legales aplicables, así como sus alcances, incluyendo el derecho de designar a quien le dará asesoría jurídica;

Además, se le debe garantizar, durante toda la investigación y el proceso penal, los derechos de las víctimas, establecidos en la Constitución, la Ley General de Víctimas, el Código Nacional y en las leyes aplicables;

También se tendrán dictar medidas de protección especial a favor de las víctimas, para la salvaguarda de sus derechos o bienes jurídicos, en el marco de la Constitución, la Ley General de Víctimas, el Código Nacional y las demás disposiciones legales aplicables, por sí o en coordinación con otras entidades públicas o privadas.

Y establecer sin demora la orden de búsqueda y localización de personas desaparecidas, cuando reciba denuncia de la probable comisión de un delito relacionado con estos hechos.

En el proyecto de ley, concretamente que en el artículo 20, se incorporaron como obligaciones indelegables de quien encabece la Fiscalía General.

Así, el fiscal general tendrá la obligación de comparecer ante cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión y remitir anualmente, durante el segundo periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, a las cámaras de Senadores y Diputados y a la persona titular del Ejecutivo federal, el informe de actividades.

La ley contempla la creación de comisiones especiales, de carácter temporal, que gozarán de autonomía técnica y de gestión, para colaborar en las investigaciones de fenómenos delictivos de orden federal y entre los ilícitos se incluyen los que atentan contra la dignidad humana o grupos de personas por razones de origen o pertenencia a grupos étnicos o nacionales, raza, discapacidad, lengua, género, sexo, identidad o preferencia sexual.

Ricardo Monreal subrayó que en este proyecto legislativo se sustituye el Plan de Persecución Penal por un Plan Estratégico de Procuración de Justicia, mediante el cual se determinarán las estrategias y los objetivos por desarrollar, para la eficiencia y eficacia en la investigación y la persecución del delito, mismo que deberá ser presentado por el titular de la Fiscalía al inicio de su gestión al Senado de la República.

Ante la demanda del representante en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos se mantiene el Consejo Ciudadano.

En lo que se refiere a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, Monreal indicó que se logró mantener intacta la normatividad, por considerar que los cambios propuestos afectaban directamente a las víctimas de tales ilícitos, pues en ellos se contempla la investigación, persecución y sanción de los delitos de desaparición de personas.

“Lo mismo sucedió con el artículo 22 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que se mantiene en sus términos, es decir, no se deroga”, mencionó.

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