Punto de Vista
Por Jesús Michel Narváez
Sorprendió a propios y extraños la iniciativa presidencial en el sentido de modificar 23 leyes para tener el poder de cancelar contratos de obra pública, de prestación de servicios y de proveeduría de artículos y productos, cuando estime que no se ha cumplido con lo pactado o no le guste lo que le entregan y ofrecen. El exceso de poder llega al límite al advertir que quienes resulten afectados por la decisión gubernamental no podrán acudir a instancias nacionales o internacionales.
Diría el Chapulín Colorado: ¿Y ahora quién nos salvará?
Lo delicado del tema es que el presidente, a través de sus empleados en la Cámara de Diputados, vaya los legisladores de Morena y sus adláteres los tucanes y los pro norcoreanos, cuenta con los votos suficientes para modificar las leyes.
Por ello, seguramente los congresistas tanto en San Lázaro como en el Senado de la República aprobarán la iniciativa sin cambiarle un punto o una coma.
Es un abuso de Poder.
Desafortunadamente cuando el Legislativo aprobó el supuesto retiro del fuero presidencial el 30 de octubre de 2020, solamente se añadieron a la traición a la Patria los actos de corrupción y delitos electorales. Nadie osó modificar la iniciativa para agregar el abuso de poder.
Sin muro que lo frene, el huésped temporal de Palacio Nacional ha utilizado la segunda mitad de su mandato para enviar iniciativas que modifiquen leyes ante la imposibilidad de lograr consensos con las oposiciones para alcanzar las reformas constitucionales.
Eso hace ahora con la búsqueda de cambiar los textos y las sanciones en 23 leyes y cuyo eje central circula en la cancelación de contratos de manera arbitraria.
No queda claro el impedimento de recurrir a instancias nacionales o internacionales. Porque de aplicarse todos quienes participen en actividades privadas y sean contratados ya por licitación o por adjudicación directa, quedarán en estado de indefensión frente al poder presidencial.
¿Quién faculta al presidente de la República para bloquear el camino que conduce a la Suprema Corte de Justicia de la Nación?
El Poder Judicial de la Federación es garantista del cumplimiento de la Constitución y ésta le otorga la facultad de proteger a quienes les son violentados los derechos, desde los humanos hasta los mercantiles.
Se advierte, a luces vista, que el jefe del Ejecutivo teme que sus reformas sigan el sendero de la Ley de la Industria Eléctrica y ahora de su Plan B, además de la adscripción de la Guardia Nacional a la Defensa Nacional.
Su consejería jurídica es la responsable de advertirle los riesgos de proponer modificaciones legales, no constitucionales, debido a que como máxima instancia del Marco Jurídico, la Constitución mandata la separación de poderes para evitar el abuso de cualquiera de los tres.
Al ser aprobadas las 23 leyes, la tormenta de amparos será devastadora. Porque una ley secundaria no está por encima de la Constitución y ésta brinda la protección a todo ciudadano de recurrir al amparo si sus intereses personales, empresariales o mercantiles son afectados.
Sin embargo, el comentario más socorrido de quienes han tenido la oportunidad de hojear, no leer, la iniciativa, apuntan hacia un ataque directo a los empresarios que podrán quedarse sin la obra, el producto, el servicio para el que fueron contratados porque, el huésped temporal de Palacio Nacional amaneció de malas y busca con quien desquitarse. Los contratos que cancele serán otorgados a sus cuates, familiares o empleados personales.
Nada bueno preludia esta nueva agresión en contra de quienes tengan la suerte o desgracia de participar en licitaciones o adjudicaciones directas.
Las inversiones disminuirán, los empleos formales de igual forma y decenas de empresas cerrarán dejando en la calle a propietarios y colaboradores.
¡Vaya forma de destruir un país!
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