La Ley no lo Prohíbe…

Punto de Vista

Por Jesús Michel Narváez

Confundiendo a los jerarcas eclesiásticos con los integrantes del crimen organizado y el narcotráfico, el presidente de la República los amenazó, abiertamente, con “acusarlos con el Papa” por estar en su contra.

Para que no quede duda, textualmente dijo:  “hasta la Iglesia católica que está actuando, no toda desde luego, en contra de ese gran papa, Francisco. Que es un papa progresista, defensor de los pobres, no de los potentados, no de los oligarcas, no de los corruptos, no de los antidemocráticos”.

Su retahíla se dirigió a quienes sin sotana y de civil, acudieron a la marcha para Defender al INE.

Su amnesia va en aumento. Ya muestra síntomas de alzheimer.

De acuerdo con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en ninguno de sus 38 artículos y sus 30 transitorios, existe prohibición para que los religiosos de cualquier culto y se entiende de cualquier jerarquía, se sumen a una marcha ciudadana.

TITULO QUINTO

DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Y DEL RECURSO DE REVISION

CAPITULO PRIMERO

De las infracciones y sanciones

ARTICULO 29.- Constituyen infracciones a la presente ley, por parte de los sujetos a que la misma se

refiere:

  1. Asociarse con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política algunos;
  2. Agraviar a los símbolos patrios o de cualquier modo inducir a su rechazo;

III. Adquirir, poseer o administrar las asociaciones religiosas, por sí o por interpósita persona, bienes

y derechos que no sean, exclusivamente, los indispensables para su objeto, así como concesiones de la naturaleza que fuesen;

  1. Promover la realización de conductas contrarias a la salud o integridad física de los individuos;
  2. Ejercer violencia física o presión moral, mediante agresiones o amenazas, para el logro o

realización de sus objetivos;

  1. Ostentarse como asociación religiosa cuando se carezca del registro constitutivo otorgado por la

Secretaría de Gobernación;

VII. Destinar los bienes que las asociaciones adquieran por cualquier título, a un fin distinto del

previsto en la declaratoria de procedencia correspondiente;

VIII. Desviar de tal manera los fines de las asociaciones que éstas pierdan o menoscaben gravemente

su naturaleza religiosa;

  1. Convertir un acto religioso en reunión de carácter político;
  2. Oponerse a las Leyes del País o a sus instituciones en reuniones públicas;

XI.- Realizar actos o permitir aquellos que atenten contra la integridad, salvaguarda y preservación de los bienes que componen el patrimonio cultural del país, y que están en uso de las iglesias, agrupaciones o asociaciones religiosas, así como omitir las acciones que sean necesarias para lograr que dichos bienes sean preservados en su integridad y valor;

Fracción reformada DOF 19-08-2010

XII.- Omitir las acciones contempladas en el artículo 12 Bis de la presente ley;

Fracción adicionada DOF 19-08-2010

XIII.- La comisión de delitos cometidos en ejercicio de su culto o en sus instalaciones, y

Fracción adicionada DOF 19-08-2010

XIV. Las demás que se establecen en la presente ley y otros ordenamientos aplicables.

El artículo 130 de la Constitución, reformado en 1992 por el gobierno de Carlos Salinas de Gortari abre las puertas a los clérigos, cuando en su inciso d) En los términos de la ley reglamentaria, los ministros de cultos no podrán desempeñar cargos públicos. Como ciudadanos tendrán derecho a votar, pero no a ser votados. Quienes hubieren dejado de ser ministros de cultos con la anticipación y en la forma que establezca la ley, podrán ser votados;

Luego entonces, son ciudadanos con pleno derecho al voto. Por tanto, sin sotana pueden marchar al lado de quien quieran.

¿Qué artículo violan los jerarcas con marchar al lado de los “corruptos, rateros y oligarcas”?

Presidente: su actitud no es juarista, aunque sí callista. Es simplemente el intento de someter al Clero católico a sus aviesas intenciones. No busca usted expropiar los bienes de los religiosos, porque ya lo hizo Juárez; si pretende cerrar los templos, entonces se enfrentará la realidad que no está contemplada en sus obsesiones persecutorias.

Un frente contra la Iglesia y sus jerarcas, a quien pretende acusar ante el Papa, será sumamente difícil de cerrar. Salvo que en la Fiscalía General de la República tengan ya carpetas de investigación que esperan su orden para activarlas.

¿Le parece de poca monta la división que ha creado en el país con sus discursos y acciones de odio?

Si la sangre no se ha derramado aún, no le jale los vigotes al gato para que brote.

Y mera cuestión de idioma: ¿y si el Papa, como las mamás y abuelos de los criminales le pintan un finger?

Busque el traductor de Google y encontrará la respuesta, aunque presumo la conoce y muy bien.

E-mail: jesusmichelmp@hotmail.com, Twitter: @misionpolitica, Facebook: jesus michel y en Misión, Periodismo sin Regaños martes y jueves de 16 a 17 horas por Radio Cañón, en el 760 de AM

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