Sala Superior declara inexistentes omisiones en comités de evaluación de poderes Ejecutivo y Legislativo federales

 
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos, declaró infundadas las omisiones atribuidas a los comités de evaluación de los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, relativas a notificar los resultados de evaluación y realizar entrevista, comprendidas en las fases 1 y 2 de la tercera etapa de la convocatoria denominada calificación de idoneidad, así como la solicitud de reprogramación de la entrevista.
A partir de los proyectos de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, de la magistrada Janine Otálora Malassis y de los magistrados Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata Pizaña y Reyes Rodríguez Mondragón, se determinó que los órganos de evaluación se encuentran dentro del plazo para determinar la configuración de la lista final de personas idóneas.
Se precisó que de las convocatorias emitidas por los comités responsables no se desprende una obligación para notificar los resultados de las personas aspirantes en las fases que conforman la etapa de calificación de idoneidad, tampoco para convocar a quienes cumplieron      con los requisitos de elegibilidad a la entrevista (SUP-JDC-539/2025, SUP-JDC-546/2025, SUP-JDC-552/2025, SUP-JDC-566/2025, SUP-JDC-579/2025, SUP-JDC-581/2025, SUP-JDC-585/2025 y SUP-JDC-587/2025).
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