Consummatum est: publican decreto del Fondo para Pensiones del Bienestar

El Ejecutivo federal publicó hoy en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar y entrará en vigor a partir de mañana 1 de mayo, con lo que ya sólo queda un paso para que sea constituido oficialmente: que se emitan sus reglas de operación.

El presidente Andrés Manuel López Obrador adelantó que para este 1 de mayo, Día del Trabajo, quedarían establecidas dichas reglas de operación, con lo que comenzarán a correr los plazos legales para que lleguen los recursos al Fondo, así como los 60 días que se establecen en el decreto para que los trabajadores que se retiren bajo el sistema Afore empiecen a recibir los primeros complementos a sus pensiones.

El Fondo será un fideicomiso público que brindará a los institutos de seguridad social (IMSS, Infonavit e ISSSTE) los recursos necesarios para complementar las pensiones de los trabajadores y procurar que éstas sean iguales a su último salario, siempre y cuando no se rebase un tope de 16,777.78 pesos al mes.

Dicho complemento únicamente lo recibirán los trabajadores que se retiren a la edad de 65 años, que coticen en el sistema Afore (es decir, desde julio de 1997 en el caso del IMSS y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE), y cuya pensión no rebase el tope anteriormente mencionado.

Al inicio, el Fondo se financiará principalmente con poco más de 40,000 millones de pesos de ahorros en las Afores que no han sido reclamados por personas de 70 años o más y cuyas cuentas están inactivas.

Las Afores tendrán 60 días a partir de la constitución del Fondo para transferir esos 40,000 millones de pesos de ahorros no reclamados.

Además, se plantean otras fuentes de financiamiento para el Fondo, como el 75% de los ingresos del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y el 25% de las utilidades de entidades paraestatales como el Tren Maya y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).

Igualmente se propone que sea financiado con los recursos que se obtengan de la extinción de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, así como con los ingresos que obtenga el ISSSTE en los ejercicios 2024 y 2025 por el pago de adeudos por concepto de cuotas y aportaciones, así como por la enajenación de algunos de sus inmuebles.

Los recursos que lleguen al Fondo serán invertidos de acuerdo a un régimen de inversión que diseñará un comité técnico y generarán intereses conforme al rendimiento neto derivado de dichas inversiones.

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