Interés de Conflicto
*AMLO Minimizó el Efecto de la Casa Gris y Entró en el Pantano
*No Afrontó el Problema que Mostrara ser un Jefe de Estado
*Dejó de Actuar Para Resolver y a Cambio Acusó al Mensajerp
Raúl Mondragón von Bertrab
“Cuando uno se mete en la cama con el gobierno, uno debe esperar las enfermedades que transmite.”
–Ron Paul
El Diccionario Jurídico Black’s define el conflicto de interés como “la real o aparente incompatibilidad entre los intereses privados de uno y sus deberes públicos o fiduciarios”, entendidos estos últimos como aquellos de máxima buena fe, confianza, confidencia, honestidad y lealtad del más alto grado, debida por una persona así obligada a otra, por virtud de su relación y en su mejor interés, de lo que puede ser ejemplo, curiosamente, la relación entre un abogado y su cliente.
La fracción XII del artículo 8o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos establece la siguiente obligación para todo servidor público:
XII.- Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles mediante enajenación en precio notoriamente inferior al que tenga en el mercado ordinario, donaciones, servicios, empleos, cargos o comisiones para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XI de este artículo, que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión.
Habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión.
Una iniciativa del año 2015 planteaba modificar dicha fracción precisando lo siguiente:
Habrá conflicto de intereses cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar e influir impropiamente el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión causando un conflicto entre las obligaciones públicas y los intereses privados.
En lo que puede ser un parteaguas en la administración del presidente López Obrador, la crítica sobre lo acontecido entre un contratista del gobierno mexicano y el hijo del presidente, quien residió en una casa prestada en Texas (el primer conflicto de intereses), se ha centrado en este último, cuando el conflicto de interés es del propio gobernante, al igual que sucedió con la empresa que justificaría el primer conflicto al ser fuente de riqueza salarial para el “residente” en Texas (el segundo conflicto de intereses). Me explico: si tradicionalmente hay un país en donde no pasa nada de fondo sin que se entere el presidente, ese país es el nuestro. Es el entorno cercano del presidente lo que más debe cuidar él mismo, pues es donde más vulnerable puede ser. Por su relevancia, el margen de error en dicho cuidado, es nulo. Sí, el supuesto colega debiese “saber mejor”, como dicen los americanos; el abogado “ejerciendo” en Houston -aquí es preciso aclarar que de tener un currículo jurídico y siempre y cuando se ostentase como abogado admitido solo en México, sí podría tener alguna actividad remunerada en el vecino país, pero no es el caso-, debiese saber que los favores son divisa de cambio y que no hay manera de que sus arreglos pudiesen verse adecuados. “No hay tal cosa como un desayuno gratis”, suelen decir también los vecinos del Norte. Ni la empresa relacionada con la casa tejana y beneficiaria de contratos multimillonarios con Pemex, ni sus supuestos empleadores relacionados con el Tren Maya y el malogrado Puerto Peñasco actúan sin interés o dan paso sin huarache, como decimos de este lado de la frontera. Dichos intereses entran en conflicto con la probidad debida por el presidente -y su entorno- a la investidura y al pueblo de México. Punto.
En lugar de afrontar las consecuencias, aceptar el primer conflicto en cuestión y remediarlo, el Ejecutivo y su entorno optaron por utilizar un segundo conflicto para minimizar el primero, lo cual empeoró la situación, llevada a un extremo incendiario cuando la frustración ante la transparencia tornóse en ira contra quienes evidenciaron lo anterior: periodistas.
El artículo 16 de la Constitución de México establece que “Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.”
El presidente hizo pública información privada del periodista que encabezó la investigación sobre los conflictos de interés antes descritos, Loret de Mola, faltando por lo pronto a su promesa de guardar y hacer guardar la Constitución, pero adentrándose además en una vorágine sin fin aparente que dicho periodista ha asemejado a las arenas movedizas. Con desdén inexplicable por los conflictos de interés, López Obrador parece tener interés en el conflicto, pues lo alimenta. Ahora, ha sido frontal y contra otro rival inventado, pero uno que nunca ha debido menospreciar como contrincante pues ha causado la dimisión de más de un presidente: el cuarto poder. Su quijotesca cruzada hizo ya eco en España y de… desnortado no lo bajan.