Por Jesús Michel Narváez
Con las leyes de Reforma, el Estado separó a la Iglesia. Les quitó los fueros e hizo que las edificaciones eclesiásticas pasaran al control gubernamental. Todo un drama, porque los obispos sentían ser los dueños de México -y en cierta forma lo eran- a partir de haber llegado de lo que después se llamó “La Madre Patria”.
Pasaron 142 años para que un presidente civil se atreviera a regresarles “sus derechos” tanto a las Iglesias como a sus sacerdotes. Desde entonces, por decisión de Carlos Salinas de Gortari, las iglesias, en plural, han ido como la expresión popular: pian pianito avanzando. Estaba -lo está aún- prohibido que cualquier iglesia posea medios de comunicación como radio y televisión. Los sacerdotes no pueden, pero lo hacen, hablar de política. Deben entender que al César -Gobierno- lo que es del César y a Dios -las iglesias- lo que es de Dios.
Sin embargo, en las iglesias se hace caso omiso de lo establecido en el artículo 130 de la Constitución, cuyo primer párrafo establece: El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley.
En el inciso II del artículo 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se establece:
- Agraviar a los símbolos patrios o de cualquier modo inducir a su rechazo
Desde hace días circula en las redes sociales un video en el que elementos de la Guardia Nacional portan el lábaro patrio e ingresan a la Basílica de Guadalupe y en el altar mayor, justo debajo de la imagen de la Patrona de México, se ubica una bandera de México y enseguida se escucha el toque de clarín que marca el arranque del Himno Nacional.
Sin duda, la Ley es explícita en los actos, y eventos que pueden realizarse dentro de los templos -de cualquier iglesia- y celebrar uno con tinte político-militar no corresponde a los cultos.
¿Quién autorizó que seis elementos de la Guardia Nacional marcharan marcialmente con el lábaro patrio hasta colocarse bajo la imagen de la Virgen y desde ahí iniciar el canto del Himno Nacional?
El video ha recibido enorme mayoría de críticas. No porque se trate de un evento eclesiástico sino por el uso de los SÍMBOLOS PATRIOS más importantes con que cuenta el país y sus habitantes.
No existen registros de que militares en activo, uniformados, lleguen a una iglesia, la que fuere, para presentar la Bandera Nacional y rendir pleitesía mediante la interpretación del Himno Nacional.
Si bien es cierto el país está gobernado bajo la idea de una transformación, la cuarta según su autor, no se ha modificado el artículo 130 y tampoco la ley reglamentaria desde el 17 de diciembre de 2015.
Luego, entonces, ¿hay violación a la Ley o no?
Presuntamente sí. En las escuelas del sector público se rinde culto a la Bandera todas las mañanas. En las instituciones públicas ocurre lo mismo. ¿Por qué ahora en una iglesia?
Alguien tendría que explicarlo. Aunque en esta 4t nadie admite que se viola la ley por elementos militares sean marinos, soldados y de la Guardia Nacional.
¿Acaso regresaron los fueros extinguidos por las Leyes de Reforma?
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