Seamos Justos con los Injustos

*El Gobierno de México Retrocede Nada Menos que 24 Siglos

*Vivimos una Jornada, sin Platón, que se Estanca en el Medievo

*Plebiscito o Referéndum Debe Conducirlo el Instituto Nacional Electoral

*El Gobierno nos Propone que la Justicia sea Opcional en el País

*También que el poder Judicial use Criterios de la Ley del Embudo

Por Ezequiel Gaytán

El aforismo “seamos justos con los injustos” es de Platón cuando concluyó que la justicia no puede ser impartida de una forma para unos y diferente para otros.

Posteriormente Aristóteles y una gran pléyade de filósofos y abogados han debatido y concluido que Platón tiene razón. De ahí que esa disputa sólo se retoma para fines de enseñanza en las escuelas de filosofía y derecho. Pero ¡oh excepción! El gobierno de México retrocede 24 siglos y considera que, si una ley le parece injusta, puede ser violada.

También considera que la ley es discrecional y puede ser sometida al voto popular. Es interesante recordar que en la Edad Media la justicia no se impartía, el señor feudal o el rey convocaban a un duelo a muerte entre los querellantes y el ganador era porque la voluntad divina así lo quiso.

Acabamos de vivir una jornada que niega la filosofía platónica, se estanca en el medievo y no sabe o no quiere conceptualizar la consulta popular, pues esta consiste, como su nombre lo dice, en consultar al pueblo (plebe) respecto a decisiones que desbordan o extralimitan a los representantes populares democráticamente electos. Para lo cual hay que distinguir un plebiscito de un referéndum. El Plebiscito corresponde al poder legislativo y se refiere a cuestiones propias de una ley o a los artículos de una ley que es demasiado controvertida y desborda a los legisladores. En ese caso, mediante mayoría simple, convocan a una serie de debates en los cuales se invita a expertos que estén a favor de esa ley y a otros que estén en contra. Esos debates deben ser públicos y deben abarcar los aspectos técnicos, económicos, ecológicos y sociales. Posteriormente deben crear una comisión redactora de la pregunta en la que estén diputados y senadores del partido en el poder y de la oposición, además de representantes de la Academia Mexicana de la Lengua o de un instituto de investigaciones filológicas. Por supuesto la presencia de un representante del poder Judicial a fin de que la pregunta esté dentro de la legalidad. La idea es que cuando llegue el día del plebiscito, la sociedad esté informada, acuda a votar y debe ser válida por el 40% de votantes del padrón electoral.

Por su otra parte, el Referéndum es del ámbito del poder Ejecutivo y es una consulta sobre una obra de infraestructura que impacta a la población, por lo que puede ser del ámbito local, regional, estatal o federal. En este caso también debe haber debate entre expertos que argumenten las ventajas y desventajas en corto, mediano y largo plazos de la obra, así como las consecuencias técnicas, ecológicas, sociales y económicas. Por supuesto que también debe integrarse una comisión redactora con la presencia de un representante del poder ejecutivo, los lingüistas y de algunos representantes de las asociaciones civiles vinculadas con el tema. Los tiempos que el Estado ya posee en los medios de comunicación deben ser utilizados para la difusión y debates. De ahí que el órgano responsable de organizar los procesos electorales debe conducir el plebiscito o el referéndum. Ambos casos son propios de la democracia directa participativa y deben operar en los tres órdenes de gobierno. Aún más, en lo personal considero que ambas figuras sólo deben utilizarse una vez al año como máximo.

Lo que vimos el pasado domingo uno de agosto fue un acto en el cual, como ya lo dijeron los expertos, el gobierno negó el principio de justicia como un acto de responsabilidad del Estado, nos propone que la justicia sea opcional y que el poder Judicial se base en los criterios de la Ley del Embudo.

Por si fuese poco, la Ley Federal de Consulta Popular está redactada a fin de que no se respete la división de poderes y todo quede concentrado en la subjetividad del titular del poder Ejecutivo. Lo cual significa una mayor concentración de poder.

La realidad es que después de lo acontecido ese domingo de agosto el presidente fue el ganador en tres frentes. En primer lugar, responsabiliza al INE de la baja participación ciudadana con lo cual continúa su estrategia de desmantelar a ese Instituto; en segundo término, ya hizo de la consulta popular un instrumento potestativo y patrimonialista de él, pues no queda claro cuándo lo va a utilizar y con qué fin y, en tercero, se sitúa por encima de los poderes legislativo y judicial, ya que la reforma al artículo 35 Constitucional que su partido promovió nunca se propuso distinguir plebiscito de referéndum.

Seguramente nuestro primer mandatario tenía presupuestado que la consulta no llegaría al 40% de votos, aunque tampoco esperaba un siete por ciento. No obstante, es el ganador por lo arriba expuesto y porque ya concentra mayores poderes metaconstitucionales. Algo que, desde mi punto de vista, lo tiene más que satisfecho.

Hemos regresado a la época presocrática respecto a la idea de la justicia. También nos ha situado en el medievo en materia de administración, procuración e impartición de justicia. Debilita a los órganos constitucionales autónomos y vivimos tiempos de un presidencialismo que yo pensé superados. Mucho me temo que ahora seremos injustos con los justos.

Acerca de misionpo 36587 Articles
Noticias nacionales e internacionales. Investigación y reflexión política.