La Constitución y las reformas al vapor

Temas Centrales

Por Miguel Tirado Rasso

mitirasso@yahoo.com.mx

En menudo brete pusieron al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldivar, los legisladores sumisos del Senado con la aprobación, al vapor y subrepticia, de un artículo transitorio de la Reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación por el que se amplía, en dos años, el período de la actual presidencia de la Corte y la permanencia en el cargo de los siete integrantes del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

Y es que, siendo la responsabilidad fundamental de nuestro máximo tribunal de justicia, “la defensa del orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, como se lee en la página de la Corte, le habrá de corresponder a esta institución, resolver, en su caso, sobre la inconstitucionalidad de una ley que tiene como beneficiario, precisamente, a la más alta autoridad del Poder Judicial, el presidente de la Corte y los integrantes del CJF, lo que plantea un conflicto de interés.

Dos ordenamientos de nuestra Carta Magna, precisan, de manera contundente y expresa, límites a los períodos en cargos del Poder Judicial. El mensaje de estos preceptos no es otro que el de evitar permanencias prolongadas, más allá de lo recomendable en un régimen democrático. El artículo 97 establece que el presidente de la SCJN, que elige el Pleno cada cuatro años, “no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior” y el artículo 100, señala que los consejeros de la Judicatura durarán cinco años en el cargo y “no podrán ser nombrados para un nuevo período”. En el caso que nos ocupa, lo aprobado por el Senado resulta abiertamente contradictorio a lo ordenado en el texto constitucional.

Falta aun que la cámara revisora, esto es, la de Diputados, analice y vote esta controvertida disposición, lo que esperaríamos que, en respeto a la Constitución, fuera rechazada, pero por la experiencia histórica, el peso mayoritario de la bancada de Morena y su extrema obsequiosidad con el Ejecutivo, tampoco extrañaría que fuera aprobada con el sello de la casa. Esto es, sin cambiarle una coma.

El tiempo del último período de sesiones de la LXlV legislatura se agota y con él, la posibilidad de que Morena siga aprobando, sin la monserga de tener que someter, a debate parlamentario con la oposición, las iniciativas de ley para su llamada Cuarta Transformación. Porque en estos tres años, su peso de mayoría calificada, ha sido determinante, al menos en la cámara baja, para sacar todas las iniciativas que Palacio Nacional le ha enviado, sin escuchar las voces de los investigadores, de los expertos, de los grupos afectados o de las bancadas de oposición, cuyos votos en contra sólo sirven para la anécdota.

Como si presintieran que las cosas no serán igual en la próxima legislatura, Morena ha acelerado el ritmo del trabajo legislativo apurando la aprobación de iniciativas que, por falta de análisis y estudios a fondo, resultan con problemas de constitucionalidad y son materia de impugnación vía el amparo.

Una de las consecuencias de estas prisas por cambiar el orden jurídico vigente, es la falta de sustento legal robusto que se pretende sustituir con el argumento de supuestas bondades que las reformas permitirán alcanzar. Bajo la premisa de que todo lo pasado está afectado de corrupción, está mal o equivocado, se plantea como una necesidad impostergable su reemplazo y, para lograrlo, no hay obstáculo legal que lo impida, porque se está gobernando bajo el principio de que el fin justifica los medios, aunque estos violen la Constitución.

Señalar la muy respetable honorabilidad del ministro Zaldívar como justificación para prorrogar su presidencia, no es argumento para brincarse la Constitución. Aquí habría que insistir que el objetivo del juicio de amparo es, precisamente, constituir una defensa de los particulares en contra de los abusos de autoridad, cuando se afectan sus garantías individuales, los derechos humanos, consagrados en la ley suprema.

Y esto es lo que hemos estado presenciando en estas últimas semanas. La aprobación fast track de reformas que violan la Constitución y cuya aplicación ha sido impugnada por la vía del amparo. Es el caso de la Ley de la Industria Eléctrica, paralizada una vez publicada, como consecuencia de una suspensión otorgada por la autoridad judicial, por violación al derecho humano al medio ambiente sano y a la libre competencia, entre varias violaciones más, y el de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, contra la que ya se han empezado a interponer amparos por afectaciones al principio de presunción de inocencia, a la privacidad y protección de datos personales y por su retroactividad, por mencionar algunas violaciones.

Otros casos con problemas de inconstitucionalidad, son los de las reformas a la Ley de Hidrocarburos, cuyo destino, por casi las mismas violaciones, se prevé que sea igual al de la Ley de Energía Eléctrica. Y la de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que habrá que esperar a lo que decidan en la Cámara de Diputados, para saber si continúa esta historia de controversias entre la ley y la política reformista.

Por cierto, en este último caso, mucho ayudaría, para no llegar hasta los tribunales, que el ministro Arturo Zaldivar rechazara la ampliación de su período como presidente de la Corte y del CJF que alguien decidió obsequiarle, a título gratuito, pues, según parece, él no lo solicitó. Cuando asumió el cargo de ministro de la SCJN, protestó guardar y hacer guardar la Constitución. Por respeto a este juramento y, en congruencia con el voto en contra, emitido en el caso de la intentona extensionista del gobernador Jaime Bonilla, que el propio ministro presidente calificara de “gran fraude a la Constitución”, se esperaría su repudio a tan comprometedor regalo.

Abril 22 de 2021

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