Por Jesús Michel Narváez
Ahora resulta que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le tomó ojeriza a los medios de comunicación.
Ahora resulta que la Sala Superior discutirá para fijar directrices que disciernan si los medios de comunicación violan o no la Constitución al difundir, de manera íntegra, las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador en periodo electoral.
El magistrado Felipe Fuentes Barrera, quien funge como presidente del órgano jurisdiccional, es autor del proyecto de sentencia que se discutirá y, no dude usted, que la intervención presidencial en el proceso electoral es “culpa de los medios”.
El Instituto Nacional Electoral ordenó al presidente López no abordar temas electorales en sus mañaneras y la medida fue recurrida por Palacio Nacional ante el TEPJF que revocó la instrucción hasta “entrar al fondo del asunto”.
Si como actuó el cuestionado magistrado respecto de otros acuerdos del Consejo General del INE lo hace esta ocasión, los medios y los periodistas seremos llevados al cadalso.
Presuntamente Fuentes Barrer generó su proyecto con base a una sanción aplicada a los medios públicos de comunicación, a causa de la queja presentada por el PAN en 2019, y se fundó en solicitar medidas cautelares dado que medios públicos transmitieron el discurso matutino del Presidente de México durante dicho periodo.
La respuesta de la Sala Regional Especializada fue dictar que los medios de comunicación públicos del Instituto Politécnico Nacional y el Sistema de Radiodifusión del Estado Mexicano, así como el Instituto Mexicano de la Radio, cometieron una infracción, por lo que se les aplicó una multa.
La razón: no existe la obligación legal de transmitirlas y que pueden ser multados si lo que se distribuye incluye materiales que promocionen la imagen de algún servidor público.
La medida no aplica a los concesionarios que tienen derecho a la neutralidad política y que está prohibido difundir propaganda gubernamental en entidades con proceso electoral en curso; tampoco se puede omitir la difusión de spots pautados por el INE para transmitir una audiencia ininterrumpida.
Si el proyecto está dirigido solamente a los medios de comunicación pública, allá el magistrado. Pero si es la llave que abre la puerta al resto de los medios privados: televisión, radio, prensa escrita, portales informativos y redes digitales, entonces se reforzará la hipótesis de que el Presidente tiene en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación un aliado más. Y por eso Fuentes Barrera fue “elegido” para estar al frente del organismo que tiene la última palabra, es decir, no hay más instancia, en materia electoral. Justo ahora, cuando se realizarán las campañas de los candidatos que buscan llegar a San Lázaro o alcanzar una gubernatura, escaños en los Congresos locales, presidencias municipales y alcaldías de la Ciudad de México, se discute el espinoso tema.
Según la información difundida, el proyecto de sentencia sería discutido n l siguiente sesión de la Sala Superior y se presume que será rechazado y que los medios de comunicación públicos podrán hacer lo que quieran, Para eso dependen del Ejecutivo federal.
Todo es plan con maña. Porque si los medios públicos pueden hacer la difusión ¿por qué limitar a los privados? El fondo es claro: el presidente puede violar la Constitución de manera flagrante y los responsables son los medios. Vaya paradoja.
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