¿Figura que Salvaría a Juzgadores de ser Asesinados por las Mafias?

Tema Principal

*Ricardo Monreal Anunció el Envío de una Iniciativa

*Sería Violatoria al Debido Proceso: SGR y HAHO

*En Italia Funcionó un Tiempo Contra la Cossa Nostra

*En Colombia fue Para Combatir a Pablo Escobar

*Perú la Utilizó Debido a las Acciones de Sendero Luminoso

*México: de la Frase “Plata o Plomo” a la Actualidad

*Sin una Verdadera Estrategia en Materia de Seguridad

Por Jesús Michel Narváez

¿Es válida la existencia de jueces sin rostro?

¿Los juzgadores que tienen casos del crimen organizado actuarían diferente a lo establecido en el nuevo Sistema Penal Acusatorio?

El asesinato del juez federal Vicente Antonio Bermúdez Zacarías, en Metepec, Estado de México, el 17 de octubre de 2016, mientras hacía ejercicio en plena calle, provocó el resurgimiento del tema: jueces sin rostro para juzgar a los integrantes del crimen organizado y el narcotráfico.

Con la artera ejecución del juzgador federal Uriel Villegas Ortiz y su esposa, 16 de junio de 2020, en Colima, comenzó a cobrar fuerza la idea de los jueces encapuchados.

El pasado 7 de junio, Ricardo Monreal, presidente la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, anunció el envío de una iniciativa de ley en la que se establezcan las figuras de “juez sin rostro” o “juez sin nombre”.

El tema orillaría a una profunda reforma constitucional para modificar lo establecido a partir de la instauración y puesta en marcha del nuevo Sistema Penal Adversarial.

La Constitución Política no lo permite.

A raíz de la implantación del Sistema Penal Acusatorio, se estableció que para que se genere la materialización del principio del enjuiciamiento penal y del debido proceso, debe existir la inmediación del Juez con las partes. Esto conduce a que   el juzgador debe estar frente a las personas imputadas en todas las audiencias, es decir, en exposición directa durante todo el proceso.

MISIÓN POLÍTICA entrevistó al jurista, profesor emérito de la UNAM, Sergio García Ramírez y al magistrado Horacio Armando Hernández Orozco, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materia del Primer Circuito y la coincidencia es plena: en el nuevo Sistema Penal Adversarial –oralidad- se violaría el debido proceso con la existencia de jueces sin rostro.

García Ramírez, quien fuera procurador general de la República durante el gobierno de Miguel de la Madrid Hurtado (1982-1988) advierte que “el juez sin rostro es una figura que se utilizó en el pasado, en algunos países cuando se usó contra el terrorismo y fue esa figura analizada y reprobada por la jurisdicción internacional, yo creo que si quisiéramos implementarla en México tropezaríamos con condenas de orden internacional”.

Hernández Orozco plantea que “sería más complejo cambiar todo el marco legal en lugar de buscar otro tipo de soluciones, como podría ser el cuidado personal de los juzgadores”.

Monreal, al anunciar su propuesta precisa que “es necesaria una reforma integral en materia de procuración y administración de justicia, para materializar los profundos cambios que la sociedad añora. Es necesario respaldar la función jurisdiccional con garantías reforzadas de seguridad para los encargados de impartir la justicia”.

JUECES SIN ROSTRO, LA HISTORIA DE MUERTE

El poder la mafia italiana, la Cossa Nostra, llevó al juez Giovanni Falcone a instrumentar los conocidos globalmente como “jueces sin rostro”.

Durante 14 años combatió a los criminales y ganó todas las batallas, pero finalmente perdió la guerra. El 23 de mayo de 1992 fue ejecutado por órdenes del el Jefe de Jefes (‘U Capu di ‘i Capi), Salvatore Totò Riina, a quien llamaba la “bestia” o el “corto” por su pequeña estatura que suplía con su salvajismo. Una tonelada de explosivos colocados en la autopista de Palermo-Aeropuerto terminó con la vida de Falcone, su esposa, sus escoltas y su chofer.

En una década, el juez encarceló a cuando menos cinco centenares de mafiosos que tenían comprados a gran parte de los jueces y fiscales de Palermo, quienes estaban en la nómina de la mafia siciliana.

De acuerdo con informaciones oficiales, en Italia fueron asesinados más de 30 jueces, que conocían de las causas contra integrantes de la mafia. De ahí el invento de los juzgadores sin rostro.

La protección de jueces permitió que Falcone avanzara en sus detenciones y ante el éxito de sus gestiones, países como Colombia y Perú imitaron la medida para combatir, en el primero de los casos, a Pablo Escobar e integrantes de las FARC; en el país andino se constituyó para frenar las acciones de Sendero Luminoso y del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru. Ambos perseguidos causaron la muerte de unas 70 mil personas.

En Italia, pese a la detención de centenares de mafiosos, la violencia no cedió aunque con el paso del tiempo el poder de la mafia ha disminuido pero aún opera en narcóticos y contrabando.

Colombia no se ha salvado y pese a la muerte de Escobar, las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia se corrompieron y tomar el lugar del que fuera conocido como el traficante de cocaína y terrorista más importante del mundo durante las décadas de 1970-1990.

El caso de Perú, la implementación en 1992 con un solo objetivo: capturar a Abimael Guzmán, líder del Túpac Amaru, el terrorista cuya ideología reconocí: soy comunista. Y por consecuencia sus seguidores, que se contaban por miles, lo eran. Detenido en septiembre de 1992 durante el primer mandato de Alberto Fujimori, Guzmán fue exhibido enjaulado. Así se llevó su proceso.

Para 1997, el propio Fujimori, en su segunda gestión, desapareció los tribunales sin rostro. Ya no había enemigo que perseguir y temer por la vida de los juzgadores.

Pero el ejercicio de los jueces sin rostro, de la justicia secreta (Colombia) o de los tribunales sin rostro (Perú) rindió frutos.

Quizá por ello en México se pretende instaurar la figura.

LA CRIMINALIDAD EN MÉXICO, IMPARABLE

Desde hace cuatro décadas, primero el narcotráfico y después el crimen organizado, ha crecido como la mala yerba: la pisan y revive.

Los tiempos en los que Miguel Ángel Félix Gallardo y sus socios Rafael Quintero y Ernesto Fonseca Carrillo (a) Don Neto, y más tarde asociados con Juan José Espárragos (a) El Azul, ya pasaron.

Formaron el Cártel Jalisco, cultivaban marihuana y eventualmente cocaína. Había crimen organizado, pero en Jalisco, su centro de operaciones, y en Chihuahua, donde tenían los ranchos de siembra, pasaban inadvertidos. Las ejecuciones, como en todos los grupos criminales, se daban. Pero no eran noticia cotidiana.

Ya para los años 80-90, comenzaron a surgir otros cárteles. El de Sinaloa, el más poderoso. Cientos de integrantes de ambos grupos fueron capturados. Los jueces les dictaron sentencia. Muchos de ellos fueron extraditados a Estados Unidos y allá purgaron y purgan sus condenas.

La violencia se desató a partir del surgimiento del CJNG de Nemesio Oseguera, (a) “El Mencho”, que pretendió desplazar a “El Chapo” Guzmán y los enfrentamientos entre ambos eran cosa cotidiana. Ejército, Marina, Fuerza Aérea y Policía Federal se dieron a la tarea de combatirlos. Estrategia fallida.

A partir del incremento de la violencia y de la captura de operadores –difícilmente se informa de los jefes de los cárteles-, los jueces federales comenzaron a ser amenazados.

Se hizo famosa la frase: “plata o plomo” y se aplicaba lo mismo a policías municipales que estatales o federales; igual para alcaldes que para gobernadores. Por supuesto, a jueces y magistrados.

Por lo menos 12 jueces han sido inhabilitados o suspendidos por sus nexos con el crimen organizado.  Muchos otros, conforme a un reporte de Político.mx, han dictado sentencias y no cuentan con protección adecuada para salvaguardar sus vidas y las de sus familias.

OPORTUNO: MEDIDAS DE PROTECCIÓN: GARCÍA RAMÍREZ

Frente a la cruda realidad que en materia de violencia e inseguridad vive el país, el jurista Sergio García Ramírez estima que lo que es oportuno es pensar en un sistema de protección para nuestros jueces, y para otros funcionarios que se encuentran severamente expuestos, como son los secretarios judiciales y otros funcionarios, pero cuidando mucho que el sistema de protección no altere los lineamientos básicos de nuestro sistema de justicia en lo que tienen de positivos.

“Los jueces sean sin rostro, sean sin identidad, implican una alteración del sistema de justicia, la protección de carácter policiaco, preventivo, en general la protección de los jueces de los individuos es otra cosa

“Tendría que haber sistemas de restricción, que impliquen una protección adecuada para los jueces, limitantes para el libre manejo, para la libre vida de los jueces, que tienen que ser protegidos, pero no alteración en el sistema de la justicia. Son cosas muy distintas, pueden parecer muy cercanas, pero son cosas distintas, una cosa es proteger a los jueces y otra es alterar al sistema de justicia”.

García Ramírez, experto en materia penal, exconsejero electoral, exsecretario de Trabajo, rechaza la figura de los jueces sin rostro. No expone que sea o no tiempo para ellos. Simplemente no se insertan en el sistema de oralidad.

¿Los jueces deben estar presentes en el momento de dicta la sentencia?, se le pregunta.

“No solamente a la hora de la sentencia, sino a todo lo largo del proceso. Hemos adoptado un sistema de llamados juicios orales, un sistema que denominamos acusatorio y eso implica un trato directo, inmediato entre el juzgador, otros funcionarios, el imputado y la defensa, así que esto traería necesariamente una reconsideración de pesos constitucionales, y yo no recomiendo eso de los pesos constitucionales, más bien un aparato de protección.

“En otros países lamentablemente ha habido problemas de este carácter y se ha instituido un sistema especial de carácter policiaco para proteger para preservar la vida y la integridad de los jueces, no es algo sencillo, no es algo fácil, pero sería algo más grave todavía alterar el sistema constitucional y de todas maneras los jueces quedarían expuestos eventualmente a represalias”, responde.

¿Cómo proteger a los jueces de los criminales que tienen armamento superior al de las fuerzas armadas?

“Es inaceptable que el Estado tenga una capacidad de fuego inferior al de la capacidad de la delincuencia; hemos llegado a situaciones de este tipo que son absolutamente inadmisibles, y no solo están en riesgo los jueces sino otros muchos funcionarios que tiene que ver con diversas áreas del servicio público, destacadamente la justicia.

“Hemos sido descuidados permitiendo que se dote a los criminales de una gran capacidad de fuego, vamos a modificar la Constitución, vamos a alterar nuestro sistema de justicia y vamos a confesar que somos impotentes materialmente frente a los delincuentes”, afirma.

Y reflexiona: “El tema es mucho más amplio, el Estado tiene que recuperar sus mecanismos de control, no podemos estar a merced de la capacidad de fuego que pudiera tener algún grupo delictivo, aquí el tema es mucho más profundo, no vaya a ser que, en un momento de ilusión, entre comillas, creamos que modificando la Constitución, introduciendo la figura de jueces sin rostro, vamos a evitar estos problemas que tienen otro origen y que tienen otras manifestaciones”.

Y qué tanto pesa la estrategia de seguridad que se está siguiendo actualmente y en la que se dice abrazos no balazos, qué tanto pesa dejar en libertad a los criminales o no encarcelarlos y la respuesta de los criminales es violentísima y no hay una contra respuesta. ¿Qué se puede hacer para que esto no nos tenga tan amedrentados?

“Me habla usted de una estrategia de seguridad, yo quiero ser cuidadoso y respetuoso con quienes tienen que enfrentar estos problemas, pero no conozco, me parece que lo que está ocurriendo, me revela que no tenemos realmente una verdadera estrategia de seguridad. Las cosas ocurren bajo su propio peso, bajo su propio impulso y creo que deberíamos de revisar todo el aparato de seguridad y justicia en términos materiales no solo constitucionales o jurídicos, ya lo hemos hecho mucho, ahora debemos de contar con una verdadera estrategia de seguridad que brinde protección a quien debe brindarla.

“Estoy consciente de los riesgos que corre un impartidor de justicia, pero también lo estoy de que el Estado como gran fuerza pública, como gran fuerza política y material, sí tiene los recursos para poder enfrentarlos, reducir este problema y brindar atención a los servidores públicos. No es aceptable que decline sus deberes ante la criminalidad”.

En caso de la desaparición del Estado Mayor presidencial cuyos integrantes fueron preparados en otros países muchos en Israel por el Mossad, otros en Alemania por lo que sabía cómo cuidar a un, a los secretarios de estado, ¿sin esta estructura no se vuelven más vulnerables los funcionarios cuyas responsabilidades son de envergadura?

“Fue decisión política la desaparición del Estado Mayor presidencial, obedecía a ciertos intereses y no necesariamente los comparto pero en todo caso y reconociendo el papel del Estado Mayor presidencial en la protección de ciertos funcionarios, esencialmente el propio presidente de la República, vale la pena que recordemos que no era el Estado Mayor Presidencial el que estaba obligado a proteger a todos los funcionarios públicos, entre ellos los juzgadores, este es un tema que debe analizarse desde a tutela a los juzgadores, no necesariamente a cada uno de los funcionarios.

“El tema del Estado Mayor se consideró por motivos políticos, se sustituyó por otra estructura, pero siguen estando a merced del crimen y no cuentan con una protección adecuada que no sería necesariamente la del Estado Mayor Presidencial. Ahora tenemos un nuevo cuerpo que es la Guardia Nacional, y parece ser que no ha dado los resultados esperados, pero bueno hay que esperar un poco más de tiempo para ver si da resultados, aunque esperemos que no sea mucho ese tiempo, porque en muchos estados no ha dado el resultado esperado”.

Finalmente, el magistrado Hernández Orozco plantea que instaurar jueces sin rostro requiere de una modificación total del sistema Adversarial por lo que es difícil suponer que en breve se harán los cambios.

Hay que recordar, añade, que el sistema tardó 8 años en implementarse y comenzó a funcionar con fallas –que aún se registran- en 2016. Los jueces, desde entonces, están obligados por la Constitución en su artículo 20 que en el primer párrafo establece: “El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación”.

De tal suerte que la propuesta de Ricardo Monreal tendrá que pasar por aduanas probablemente insalvables en estos tiempos. La iniciativa no ha sido presentada pero sí anunciada.

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