CNDH “Condena”… no Recomienda Como Dice la Ley

A Vola Paso

Por Gerardo Lavalle

¿Curva de aprendizaje? A lo mejor. Pero decepciona la nueva presidenta de la CNDH al permitir que su área de comunicación –si la tiene- distraiga la atención de los medios con un comunicado que no se entiende. El Organismo tiene una obligación primaria: conocer de hechos, atraerlos en su caso, investigarlos y emitir las recomendaciones necesarias.
No está para “condenar los hechos”.
En viernes, cuando medio mundo deja de laborara alargando el puente Guadalupe-Reyes, la oficina de prensa de la CNDH hizo llegar a los correos electrónicos de quienes estamos ubicados, un comunicado que genera suspicacias.
El comunicado marcado como el DGC/001/2020 –es decir el primero del año en curso- apunta en su primer párrafo: La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) condena los hechos de violencia ocurridos en el Centro de Reinserción Social (Cereso) de Cieneguillas, Zacatecas, ya que en dos días han perdido la vida 17 personas privadas de la libertad, y demanda a las autoridades correspondientes la exhaustiva investigación de los hechos para que no haya impunidad, así como atender las diversas irregularidades denunciadas en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) 2019, como autogobierno, corrupción, cobros de extorsión y sobornos, así como insuficiente personal de seguridad y custodia en dicho centro penitenciario”.
¿No le corresponde al organismo investigar antes de exigir que lo hagan las autoridades estatales?
En el segundo párrafo del comunicado viene el sesgo político de la 4t (así, con minúscula=.
Dice: “Para esta Comisión Nacional, el país no podrá superar la situación que enfrenta en materia de seguridad y justicia si no revisa y atiende los problemas que enfrenta el sistema penitenciario, ya que los centros de internamiento pueden propiciar inseguridad, violencia, corrupción e impunidad, por lo cual este Organismo Nacional intensificará sus esfuerzos tendentes a lograr una efectiva reinserción social de quien ha estado privado de la liberad y destaca la necesidad de que se diseñen y desarrollen políticas públicas que promuevan la justicia restaurativa”.
Hay que ir por pares: los penales estatales dependen de los gobiernos correspondientes. Es facultad de la Soberanía de los Estados su control. No hay injerencia federal. Enseguida hay que apuntar que el Gobierno federal –sobre todo el actual- ha dejado sin recursos para ese fin a las entidades. Se ha concentrado en los federales, en donde el cupo es suficiente y no se encuentran atiborrados. Los gobernadores, no los actuales sino desde hace décadas, han solicitado que los presos peligrosos dejen de estar en las cárceles estatales y sean enviados a las federales. Nadie atiende el caso. Y eso lo omite la CNDH en su “condena” pero no recomendación.
¿Hasta cuándo terminará su aprendizaje la señora psicóloga Rosario Piedra Ibarra?
¿Bastará con el apoyo presidencial para ignorar cuáles son las facultades del organismo que dice presidir? Son preguntas que no tendrán respuestas, pero ahí la dejamos.

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