La actualización del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) no tendría que impactar en los precios de aquellas mercancías que se gravan con éste, pues su tasa para 2020 se estimó en 2.97 por ciento, consideró la vicepresidenta de la Cámara de Diputados, Dolores Padierna Luna.
Productos como gasolinas, cigarros, bebidas saborizadas, entre otros, son a los que se aplica ese gravamen, y tendría que ser absorbido por productores y, en su caso, por algunos distribuidores, opinó.
Sin embargo, la mayoría de esas mercancías que se consideran de alto consumo para los mexicanos ya comenzaron a subir, excepto los energéticos ya que sus precios están más observados por los propios consumidores y por el gobierno.
Mientras en 2019 la actualización del IEPS fue de 4.64 por ciento para este 2020 es de 2.97, por lo que el impacto no debe ser mayor y en el caso del tabaco se aplican dos IEPS: uno que corresponde a una tasa de 160 por ciento al valor de las ventas de tabaco y una cuota adicional de 35 centavos por cada cigarro.
Esta última se estableció en enero de 2011 y desde entonces no se ha modificado, lo que implica que haya disminuido en términos reales. En la reforma del 9 de diciembre también se estableció que la cuota se actualizará anualmente, por lo que para 2020 será $0.4944 por cigarro, es decir un aumento de 41.26 por ciento.
Con esto, el incremento que registraron los cigarros desde el primer minuto de este año es de seis pesos para las cajetillas de 20 cigarrillos, con lo que su precio pasó de 57 a 63 pesos, mientras para la cajetilla de 14 cigarros el costó aumentó de 42 a 47 pesos.
En cuanto al IEPS a la gasolina Premium quedó en 4.18 pesos para la Premium y de 4.95 para la Magna, mientras para el diésel en 5.44; sin embargo esto no tuvo un impacto en los precios al consumidor.
Las bebidas saborizadas también, en los hechos, registraron un aumento debido a la actualización del IEPS. Por ejemplo, un refresco de 500 mililitros que costaba entre nueve y 10 pesos hasta el año pasado su costo se incrementó a más de 11 pesos en promedio.
Indico que en el caso de las bebidas saborizadas no se aplicaba la actualización anual al IEPS, ya que en el Artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación se establecía que sólo se actualizaría cuando el incremento porcentual acumulado del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) exceda de 10 puntos porcentuales.
Recordó que en 2014 se estableció una cuota de un peso por litro y la última ocasión en que se actualizó fue el 1 de enero de 2018 y se ubicó en 1.17 por cada unidad.