Con sentencias de hasta 6 años en prisión, Coahuila se convirtió en el noveno estado de México en aprobar la llamada Ley Olimpia. Esta tarde el Congreso del Estado votó por unanimidad las reformas a diversas leyes para castigar la difusión de contenido íntimo sin el consentimiento, tipificar la violencia digital y el delito de ciberacoso.
La reforma surgió por iniciativas de los diputados Diana Patricia González Soto y Marcelo Torres Cofiño, junto con el acompañamiento de colectivas feministas como el Frente Nacional para la Sororidad y Defensoras Digitales Coahuila.
Para sancionar la divulgación y distribución de contenido íntimo sin consentimiento, se agregó al artículo 236 del Código Penal de estatal el delito de “Violación a la intimidad sexual” con condenas que van de 3 a 6 años, así como una multa de entre 88 mil y 176 mil pesos aproximadamente.
“A quién con el fin de causar daño o la obtención de un beneficio sexual, por cualquier medio, divulgue, comparta, distribuya, compile, comercialice, solicite y/o publique o amenace con publicar imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente, de contenido íntimo, erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima”.