En un hecho histórico aprobamos en la Comisión de Trabajo la propuesta sobre derechos laborales para trabajadoras del hogar: López Rabadán

En la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobamos este miércoles un dictamen en materia de derechos laborales de personas trabajadoras del hogar, señaló la senadora Kenia López Rabadán, quien precisó que esta es una iniciativa propuesta por su compañera de bancada Xóchitl Gálvez Ruiz.

La legisladora señaló que “esta aprobación es una forma muy digna para que estas personas trabajadoras del hogar, en su mayoría mujeres, cuenten con un respaldo legal”.

En el dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social en materia de las personas trabajadoras del hogar, se establece que queda prohibida la contratación de personas menores de 15 años.

“Tratándose de adolescentes mayores de 15 años el patrón deberá fijar jornadas que no excedan seis horas diarias y 36 horas semanales, así como evitar la contratación de personas adolescentes menores de 15 años que no hayan concluido cuando menos la educación secundaria, a menos que el patrón se haga cargo de que finalice la misma”, indicó la legisladora.

También, el documento plantea que el trabajo del hogar deberá fijarse mediante un contrato escrito, que incluya como mínimo: nombre completo del patrón y del trabajador del hogar; dirección del lugar de trabajo habitual; fecha de inicio del contrato y cuando trate de una relación temporal, su duración y término; tipo de trabajo a realizar; remuneración, método de cálculo de la misma y periodicidad de los pagos; horas de trabajo; pago de vacaciones y periodos de descanso diario y semanal; suministro de alimentos y alojamiento (cuando procedan); condiciones para la terminación de la relación de trabajo, y las herramientas de trabajo que serán proporcionadas para el desempeño de sus actividades.

Asimismo, el patrón estará obligado a registrar, ante la autoridad laboral competente, el contrato que celebre con la persona trabajadora del hogar.

Las personas trabajadoras del hogar que residan en el domicilio donde realicen sus actividades deberán disfrutar de un descanso mínimo diario nocturno de nueve horas consecutivas, y de un descanso mínimo diario de tres horas entre las actividades matutinas y vespertinas, sin que la jornada diaria diurna pueda excederse de las ocho horas diarias establecidas en la ley, informó la legisladora por la Ciudad de México.

Los patrones garantizarán en todos los casos los alimentos para las personas trabajadoras del hogar. En aquellos casos en los que la trabajadora resida en el domicilio donde realicen sus actividades les será garantizada además de los alimentos y la habitación, precisó.

“Este fue uno de los reclamos que vivimos en campaña por parte de las mujeres organizadas, trabajadoras del hogar, que señalaban: ‘trabajamos en una casa haciendo las labores del hogar hasta por más de 14 horas y no nos dan ni de comer”, señaló.

En cuanto al salario, la propuesta avalada establece que podrá efectuarse a través de transferencia bancaria o cualquier otro medio de pago monetario legal, con el consentimiento de la persona trabajadora.

La también presidenta de la Comisión de Derechos Humanos informó que con prestaciones como prima vacacional, pago de días de descanso, acceso obligatorio a la seguridad social, aguinaldo y cualquier otra prestación que se pueda estipular entre las partes.

“Debemos señalar que es un logro como cuerpo colegiado y que beneficiará a las y los trabajadores del hogar”, concluyó la legisladora federal.

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