Validan adquisición de medicamentos vía ONU en emergencias

La Juez Tercera de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Yadira Elizabeth Medina Alcántara, avaló la compra en el extranjero de bienes y servicios para la salud en casos excepcionales.

Esto al analizar los primeros amparos por varias empresas farmacéuticas, contra las reformas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Públicos (LAASP), diseñadas para permitir la intervención de la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas (UNOPS) en las negociaciones para comprar insumos contra la pandemia del Covid-19.

La juez señaló la importancia de tomar en consideración, que existen organismos intergubernamentales internacionales que ponen a disposición de sus estados miembros participantes, diversos mecanismos de cooperación internacional para generar condiciones que propicien un abasto eficiente y a costos razonables de los insumos para la salud.

El 11 de agosto del año pasado, el gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), reformas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Públicos, las cuales fueron impugnadas.

En su resolución, la juez Alcántara, señaló que la medida es justificada en casos especiales: «Y solo ante el evento de que, previa valoración del propio Estado, solo existan proveedores extranjeros que puedan prestar el objeto indispensable para la licitación pública».

No obstante, la juez detalló que cuando el Estado considere indispensable una proveeduría de medicamentos, insumos o servicios médicos, deberá analizar si dentro de la industria nacional existen personas en la rama que puedan participar y verificar la regla general de licitación pública.

Recalcó la imperiosa la necesidad de lograr una cooperación internacional en materia de salud, más dentro del contexto de pandemia imperante, la adquisición de proveeduría personal y objetiva de insumos de la salud, debe ser acorde con todo el sistema de contratación.

El fallo de la juez, puede aún ser impugnado por el gobierno federal, además que en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) existe una acción de inconstitucionalidad sobre el tema de la LAASP, promovida por senadores de oposición.

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