La empresa Operadora de Centros de Espectáculos (Ocesa) tendrá que pagar una multa de 97 millones 297 mil 422 pesos, que le impuso desde el año 2016 el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), esto luego de perder en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), un amparo en contra de la sanción.
Esta multa le fue impuesta a Ocesa luego de que el IFT detectó que utilizó sin permiso 29 frecuencias, localizadas entre los 138.225 y los 823.75 megahercios, para servicios de comunicación relacionados con una carrera de autos denominada Fórmula E.
Según la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el uso del espectro radioeléctrico propiedad de la nación, para radiocomunicaciones privadas requiere siempre de un permiso o concesión, lo cual Ocesa nunca tramitó.
Por ello, el Pleno del IFT resolvió imponerle una multa equivalente al 6.01 por ciento de sus ingresos acumulables en el 2015, año en el cual ocurrieron los hechos.
Ocesa interpuso un amparo contra la multa, argumentando que la sanción era desproporcionada, que su conducta no causó daño a terceros y que sólo utilizó las frecuencias para comunicaciones relacionadas con la seguridad de su evento.
El proyecto de sentencia, presentado por el ministro Mario Pardo Rebolledo, fue aprobado por unanimidad y señala que la ley en que se basó la sanción aplicada por el IFT, es constitucional y contiene los parámetros necesarios para determinar la multa, por lo cual Ocesa tendrá que pagar.