- El proyecto tiene el objetivo de asegurar procesos judiciales justos.
Con el objetivo de dotar de certeza y seguridad jurídica a la sociedad mexicana, el Pleno del Senado aprobó, con 88 votos, derogar el último párrafo del artículo 58, fracción II, inciso a), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Lo anterior, debido a que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicha disposición restringe a las personas sujetas a la jurisdicción del Estado, a que sólo en una ocasión podrán exigir el cumplimiento de sentencias del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, lo que carece de razón y sustento jurídico alguno y resulta violatorio de los derechos humanos.
El dictamen, que fue enviado a la Cámara de Diputados, explica que el texto normativo vigente restringe a la persona gobernada a interponer por una sola vez el recurso de queja por cada supuesto normativo, ya sea por repetición, exceso o defecto, lo que convierte al recurso en un medio de defensa ineficaz que genera dilación en la administración de justicia, al dejar a la persona titular del derecho, sin posibilidad de obtener la reparación del daño.
En ese contexto, con la modificación se busca dar certeza y seguridad jurídica a los ciudadanos, además de promover el principio de progresividad de los derechos humanos, con lo que se incrementará su grado de promoción, respeto, garantía y protección.
La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, expresó que de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la porción normativa vigente atenta contra el principio de acceso a la tutela judicial efectiva, en las vertientes de plena ejecución y cumplimiento de las decisiones jurisdiccionales que reconoce la Constitución Política, por ello se busca reformarla.
En tanto, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, Rafael Espino de la Peña, aseguró que es necesario modificar la legislación, debido a que actualmente la ley impide el acceso a la justicia que tiene toda persona a los servicios y procesos judiciales de forma expedita, equitativa, justa y eficaz.
Por ello, con la reforma se podría acudir a la queja sin limitación, con lo que se da un paso a procesos judiciales justos y transparentes.
Aprueban reformas para actualizar denominación de la Fiscalía General de la República
El pleno del Senado aprobó por unanimidad, con 83 votos a favor, un proyecto que reforma diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, que tiene como objeto actualizar la denominación de la Procuraduría General de la República por el de Fiscalía General de la República.
Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, manifestó su voto a favor al asegurar que los y las senadoras deben refrendar el compromiso del Estado mexicano de promover, fortalecer, proteger y garantizar en la forma más amplia el goce y ejercicio de los derechos humanos.
En el dictamen, se da cuenta que en 2014 se reformó el artículo 102 de la Constitución, que prevé que el Ministerio Público se organizará en una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propios.
La Fiscalía, añade el documento, comenzó sus labores el 20 de diciembre de 2018, y el primer fiscal fue electo el 19 de enero de 2019, quien tiene a su cargo dirigir la institución, durante nueve años a partir de su elección, así como tendrá la responsabilidad de llevar a cabo la transición de la institución.
Por ello, destacaron las y los legisladores, es indispensable y necesario llevar a cabo la homologación de la Ley, acorde con lo establecido en el artículo 102 de la Constitución y a los tratados internacionales de los que forma parte el Estado mexicano. El proyecto se remitió a la Cámara de Diputados para su análisis correspondiente.