Suspensión Judicial Para el Segundo Paquete del Plan B, prevalecerá Hasta Después de las Elecciones de 2024 

 

ALBERTO ALMAZÁN

 

Este fin de mes o a más tardar el 6 de junio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación habría de resolver el caso del segundo paquete del Plan B en materia electoral presentado por el Ejecutivo federal apegándose a lo que marca la Constitución: no se pueden reformar leyes electorales cuando falten 90 días para iniciar el proceso electoral federal. En este caso prevé el comienzo para el 1º. ó 6 de septiembre.

Sin embargo, al estar suspendida por tiempo indefinido la entrada en vigor de la segunda parte de las reformas, podría no abordar el tema y mantener la medida.

Conforme a la legislación, todo cambio relacionado con asuntos electorales, no puede hacerse valer, aunque existan leyes aprobadas faltando 89 días para el arranque del proceso electoral. De tal suerte al prevalecer la suspensión, el curso se llevará a cabo en base a las leyes anteriores de las reformas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación podría agendar la presentación de un proyecto elaborado por el o los ministros que admitieron las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales si las reformas estuvieran en vigor, para impedir, en su caso, un daño irreparable por tratarse de acción realizada.

Esta es la primera ocasión en que un paquete de reformas legales, es decir, a las leyes secundarias y que probablemente violentan la letra y el espíritu de la Constitución, es suspendido justamente cuando el tiempo para el inicio del proceso electoral federal de 2024 inicia en el mes de septiembre. La confusión generada por suponer que al haberse corrido la toma de posesión del presidente de la República y de los 628 integrantes del Congreso de la Unión, se modificaría también la fecha para iniciar el proceso electoral y se presumía que en lugar de septiembre sería la primera semana de junio, no fue aclarada en tiempo y forma y, o bien, nadie leyó la Constitución.

LA TRAMPA QUE SE

QUERÍA REPETIR

Una de las razones por la cual no se debatiría en el Pleno de la Suprema Corte la presentación de un proyecto para declarar constitucional o no las reformas de 5 leyes relacionadas con el tema electoral, podría estar representada por la trampa que hizo el presidente de la República que, al ser informado con antelación desde el interior de la SCJN que sería anulado el acuerdo por el cual declaró las obras del gobierno federal -todas -incluso la construcción de una barda en alguna escuela-, publicó un decreto similar y mientras se presentan las controversias o acciones de inconstitucionalidad, la norma está en vigor. Y el Ejecutivo gana tiempo.

Los ministros de la Corte probablemente analizaron la posibilidad y es por ello que preferirían mantener la suspensión a entrar al fono del segundo paquete electoral.

Con esta hipótesis, después del 6 de junio el Legislativo no podría procesar iniciativa alguna en la materia.

De acuerdo con las opiniones de juristas y constitucionalistas, la elección federal de 2024 se regirá por las mismas reglas con las que se llevó a cabo el de 2018. Sin embargo, advierten que la Corte podría agendar el tema, discutirlo y si el resultado de votación para la sentencia fuera declarar constitucional la reforma, se establecería su entrada en vigor para julio de 2024.

Si bien se trata de hipótesis que rayaría en la especulación, no se descarta que la Independencia del Poder Judicial se haga valer en función de la garantía establecida en la Constitución.

Lo trascendente del asunto, es que en Palacio Nacional había frotada de manos y seguridad de que para el proceso electoral de 2024 se aplicarían las reformas que, además de debilitar al INE, desparecer los órganos electorales estatales y poner en riesgo el resultado de las elecciones principalmente por falta de equidad y carencia de sanciones, daría manga ancha para cometer toda clase de tropelía si el voto no favoreciera al oficialismo.

Por lo pronto, la hipótesis más aceptada es que el Pleno de la Corte no abordará el tema en los días que faltan para el inicio del proceso electoral. 

El Poder Judicial de la Federación no está al límite del tiempo. Hay Constitución y leyes vigentes.

 

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