La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tuvo por incumplida la sentencia emitida en el juicio de la ciudadanía SUP-JDC-8/2025 y acumulados.
Lo anterior, debido a que, a pesar de que el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) informó que se encuentra imposibilitado para dar cumplimiento a dicho mandato judicial, en virtud de un acatamiento a diversas interlocutorias de suspensión, tal circunstancia no era de la entidad suficiente para justificar su incumplimiento.
Además, se tomó en cuenta la medida cautelar decretada por la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que no se impusiera sanción alguna a los integrantes del Comité, por lo que a fin de cumplimentar la sentencia y garantizar la continuidad del proceso, se dictaron medidas para el cumplimiento sustituto de la ejecutoria.
Para ello, se vinculó a la Mesa Directiva del Senado de la República para que dé continuidad al proceso de selección de personas elegibles y lleve a cabo la insaculación pública correspondiente, entre la lista de aspirantes que el Comité de Evaluación del PJF estimó que cumplieron los requisitos, y los que la Sala Superior ordenó incluir en la lista, la cual estará ajustada al número de postulaciones para cada cargo, conforme a cada Poder, atendiendo a su especialidad por materia y observando la paridad de género, a fin de que se sometan a consideración del Pleno de la SCJN.
En caso de que ese órgano jurisdiccional no dé trámite o no apruebe los listados mencionados, la Mesa Directiva del Senado de la República podrá remitir, de manera directa, las candidaturas insaculadas al Instituto Nacional Electoral, para continuar con el procedimiento electivo.