La Sala Superior del TEPJF determinó que es constitucionalmente inviable suspender proceso electoral extraordinario del PJF 2024-2025

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría de votos, declaró procedente la acción declarativa solicitada por el Instituto Nacional Electoral (INE) y determinó que es constitucionalmente inviable suspender el desarrollo el proceso electoral extraordinario del PJF 2024-2025.
Lo anterior, derivado de la solicitud hecha por el INE a la Sala Superior para emitir un pronunciamiento orientado a garantizar el cumplimiento de sus funciones ante las resoluciones de diversos juzgados de distrito en las que, respectivamente, se admitió, otorgó o negó la suspensión de los actos relacionados con el proceso electoral extraordinario mencionado.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, determinó que el INE no puede detener las actividades electorales que se derivan del inicio de un proceso electoral por mandato normativo, por ser de orden público y estar constitucionalmente así previsto. En consecuencia, declaró procedente la acción declarativa solicitada por el INE (SUP-AG-209/2024).
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