La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó, por unanimidad de votos, las impugnaciones interpuestas en contra de la sentencia de la Sala Regional Monterrey, que modificó el cómputo municipal de la elección de integrantes de ese ayuntamiento, y confirmó, en los aspectos impugnados, la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría.
Movimiento Ciudadano, Morena y Mariana Rodríguez Cantú impugnaron la resolución de la Sala Monterrey alegando una indebida valoración de pruebas y la falta de exhaustividad en el estudio de la violencia política de género alegada por la candidata.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, determinó desechar las demandas presentadas para controvertir la sentencia dictada en el juicio de revisión constitucional electoral SM-JRC-352/2024, toda vez que no cumplen con el requisito especial de procedencia, ya que el caso no involucraba un tema de constitucionalidad ni la emisión de un criterio novedoso.
En consecuencia, se desecharon las demandas (SUP-REC-22463 y acumulados).