Los Dados de Dios
NIDIA MARÍN
A partir de octubre (en unos cuantos días) el para entonces ex presidente de México se moverá por su cuenta… como pueda, de acuerdo al artículo sexto de la Ley Federal de Austeridad Republicana, que también aborda los problemas de los “orgullos del nepotismo” de presidentes y funcionarios…
“Se prohíbe y se cancela cualquier otro tipo de pensión que se hubiere creado exprofeso para el beneficio de los extitulares del Ejecutivo Federal. Asimismo, queda prohibida la asignación a extitulares del Ejecutivo Federal, de cualquier tipo de servidores públicos, personal civil o de las fuerzas armadas, cuyos costos sean cubiertos con recursos del Estado, así como de los bienes muebles o inmuebles que estén a su disposición y formen parte del patrimonio federal. Por lo que a partir de que esta Ley entre en vigencia, dichos recursos humanos y materiales se reintegrarán a las dependencias correspondientes”.
¿La norma que afectó a los tres ex presidentes vivos, Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León y Vicente Fox Quesada, también influirá en quien está a punto de dejar el poder, Andrés Manuel López Obrador?
Ya lo veremos.
Sí, los mexicanos, en unos cuantos días, podremos sopesar las consecuencias de quien ha visto la paja en el ojo ajeno sin mirar la viga en el propio.
Y aunque la titular de la encomienda presidencial estará entada en la Silla del Águila, entre sus responsabilidades estará dar fin a la frase preferida de los egocéntricos:
“Yo sí puedo, los demás…no”.
Ella quizás no lo aplique, pero en la actualidad, el fenómeno del nepotismo es considerado como una forma de corrupción política, junto con el abuso de poder, la apropiación de bienes públicos, el enriquecimiento ilícito, el soborno, el tráfico de influencias y el clientelismo político.
En México hay varios ejemplos de esta problemática, en diversos estados de la República y en el propio gobierno federal. Hay familias completas en los cargos de diversas dependencias ¿verdad doña Lupe?
Inclusive, desde ahora se critica el arribo de uno de los hijos de Andrés Manuel López Obrador, a la dirigencia partidista de Morena…. ¿Y con el tiempo al gobierno?
TELERAÑAS Y REDES
DE FAVORES
Como dijera en su momento una legisladora peruana:
“El nepotismo puede llevar a que se construyan redes de favores políticos, familiares o de otro orden, en torno a los poderes de turno, hecho que conlleva a corrupción o distorsión de cuál es la razón del servicio o la función pública. Por eso, las sociedades modernas tienen normas que privilegian la carrera pública mediante el concurso público, tornando objetivas las formas de ingreso a la administración pública”.
Ella, Ana Elena Townsend Diez Canseco, en su momento advirtió ante congresistas de su patria:
“En el sector público, el nepotismo, deja de lado el principio de la igualdad de oportunidades y reafirma que ciertas personas que ejercen funciones públicas se encuentran por encima de las normas legales, afectando principios básicos como el de probidad, transparencia, eficiencia, eficacia, legalidad, imparcialidad y objetividad”.
Y también: “…el nepotismo es una desviación política irregular, y su principal crítica se sustenta en que el Estado no debería manejarse como un negocio de familia o con un entorno familiar muy definido”.
Además…
“Que, en el sector público, el nepotismo, deja de lado el principio de la igualdad de oportunidades y reafirma que ciertas personas que ejercen funciones públicas se encuentran por encima de las normas legales, afectando principios básicos como el de probidad, transparencia, imparcialidad y objetividad”.
Asimismo…
“Que, los estudios sociales modernos se refieren al nepotismo, para hablar de favoritismo, englobando, además de los parientes, de los consanguíneos, a amigos y amigos de los amigos.
“Que, el nepotismo es una desviación política irregular, y su principal crítica se sustenta en que el Estado no debería manejarse como un negocio de familia o con un entorno familiar muy definido.
“Que, el punto central de la crítica al nepotismo tiene que ver con el conflicto permanente que hay entre interés público e interés privado”.
En México en este sexenio estuvo desbordado, no obstante que, de acuerdo con la norma, el nepotismo es:
“La designación, otorgamiento de nombramiento o contratación que realice un servidor público de personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado, de afinidad hasta el segundo grado, o vínculo de matrimonio o concubinato para que preste sus servicios en la misma institución, dependencia o ente público en que éste labore…”
Ello, conforme a la Ley Federal de Austeridad Republicana publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2022.
La misma, a la que se deberá sujetar doña Claudia, precisa:
“Para aplicar la política de la austeridad republicana de Estado, los entes públicos deberán:
“I. Abstenerse de afectar negativamente los derechos sociales de los mexicanos, previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Tratados Internacionales de los que México sea parte;
“II. Enfocar las medidas de austeridad republicana preferente en el gasto corriente no prioritario en los términos de la presente Ley, y
“III. Evitar reducir la inversión en la atención a emergencias y desastres naturales o provenientes de la actividad humana. Los ahorros obtenidos con motivo de la aplicación de la presente Ley se destinarán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente”.
EL QUE LA HIZO
¿LA PAGARA? O…
Es posible que muchos de los abusos en este sexenio salgan a la luz, ya que, por ejemplo…
“Artículo 9. Los contratos suscritos con empresas nacionales o extranjeras que hayan sido otorgados mediante el tráfico de influencias, corrupción o que causen daño a la Hacienda Pública serán nulos de pleno derecho, de conformidad con el marco normativo aplicable. La nulidad de dichos contratos sólo se podrá declarar por la autoridad judicial competente.
“Los órganos encargados del control interno o de la fiscalización en cada ente público, iniciarán los procesos correspondientes para sancionar a los responsables y resarcir el daño ocasionado de acuerdo con la legislación aplicable.
“Artículo 10. En tanto no se autoricen nuevos programas o se amplíen las metas de los existentes, los gastos por concepto de telefonía, telefonía celular, fotocopiado, combustibles, arrendamientos, viáticos, alimentación, mobiliario, remodelación de oficinas, equipo de telecomunicaciones, bienes informáticos, papelería, pasajes, congresos, convenciones, exposiciones y seminarios, necesarios para cumplir la función de cada dependencia y organismo, no podrán exceder de los montos erogados en el ejercicio presupuestal inmediato anterior, una vez considerados los incrementos en precios y tarifas oficiales o la inflación. Lo anterior, salvo las autorizaciones presupuestales que otorgue la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa justificación”.
Afortunadamente ya falta menos, para el adiós a un abusivo.
¿O no?