Violaría la Constitución…

Punto de Vista

 

Por Jesús Michel Narváez

 

Al calor de la borrachera del éxito descomunal, la enfermedad que afecta al huésped temporal de Palacio Nacional, de transgredir la Constitución Política de los Estados Mexicanos, parece haber contagiado a la virtual presidenta electa.

Desde la semana pasada, después de reunirse a quien sucederá, la doctora Claudia Sheinbaum anunció que en septiembre enviará iniciativas para que la pensión universal alcance a las mujeres de entre 60 y 64 años y otra para que las becas otorgadas a niños y jóvenes durante su gobierno en la Ciudad de México, sea universal.

Dos proyectos que, desde la óptica humanista que nos vende, son viables de comprar.

Sin embargo, afirmar que sus iniciativas estarán en la Cámara de Diputados en septiembre, es una flagrante violación al artículo 71 constitucional que, a la letra dice:

El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

  1. Al Presidente de la República;
  2. A los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión;

III. A las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México; y

  1. A los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores, en los términos que señalen las leyes.

No hay referencia de que una virtual presidenta o, en el pasado, presidente, haya mandado a los legisladores iniciativas sin haber sido declarado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

No se entiende la razón, la premura para que su firma aparezca ya en una iniciativa si su protesta y toma de posesión es el uno de octubre.

¿Por qué violar la Constitución?

Nada ocurrirá si las presenta el mismo primero de octubre. Sus diputados, de tener la mayoría calificada desde el uno de septiembre, si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación avala la sobrerrepresentación aprobada por el INE, recibirán las iniciativas para no cambiarles un punto y una coma y las remitirán al Senado.

Ahora bien, si las iniciativas las presenta quien será su antecesor o un diputado o senador que ya estarán en funciones, en nada se atentaría contra la Constitución.

No es forma. Es el fondo.

Si las presenta a título de virtual presidenta electa, no sería legal. El inciso I del artículo 71 no necesita interpretación. Dice lo que es y punto.

Habrá quien diga con sus “tecnicismos” o bien que se trata de una de los adversarios. Ni una ni la otra. Un gobierno, aun no legal porque la figura de Presidenta Constitución comienza al protestar cumplir y hacer cumplir la constitución y las leyes de ella emanen.

Antes no tiene poder alguno… legal, por supuesto.

Enviar las iniciativas será un símil de la destrucción del NAIM que ordenó el presidente electo, ya no virtual porque tenía la constancia de mayoría, sin contar con facultades constitucionales. La encuesta patito no fue vinculante con ningún concepto plasmado en la Carta Magna.

Sorprende que los equipos jurídicos del presidente y de la virtual presidenta electa, no hayan advertido el mayúsculo error en que cae la señora Sheinbaum.

O, en el peor de los casos, lo saben y deciden “mandar al diablo la Constitución”.

¿Así empezará a respetarse el Estado de Derecho?

E-mail: jesusmichelmp@hotmail.com, Facebook Jesus Michel, X @misionpolitica y en Misión, Periodismo sin Regaños martes y jueves de 16 a 17 horas por Radio Cañón en el 760 de amplitud modulada

 

 

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