La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la negativa del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) de aprobar la propuesta de acuerdo relativa a la debida aplicación de la fórmula de asignación de curules y escaños de representación proporcional en el Congreso de la Unión.
Inconforme, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) impugnó la negativa al considerar que, en su concepto, se vulneró el derecho de petición, porque en la propuesta de acuerdo se formuló una solución para evitar la sobrerrepresentación y la responsable no se pronunció al respecto.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, determinó que la responsable sí estableció las razones por las que consideró que no era posible la aprobación de la propuesta del partido recurrente.
Al respecto, el pleno consideró que el Consejo General del INE fijó en un acuerdo previo las bases para la realización de las asignaciones correspondientes por el principio de representación proporcional que, a su vez, fue confirmado por esta Sala Superior.
Además, se estimó que la asignación de escaños por el principio de representación proporcional no era materia de la litis en este asunto, ya que la misma la constituyó la negativa de la responsable de aprobar una propuesta de acuerdo presentada por el recurrente.
En consecuencia, se confirmó el acuerdo impugnado (SUP-RAP-241/2024).