Nuevo revés a las reformas del presidente Andrés Manuel López. El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó que la creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) es inconstitucional, invalidando así el establecimiento de este órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Hasta ahora y desde 2022, las aduanas terrestres, marítimas y aéreas están bajo control de la Secretaría de Marina.
La sentencia, emitida como respuesta a un juicio de amparo presentado por un contribuyente que denunció afectaciones por actos de la ANAM, determinó que su creación a través de un reglamento contradice las facultades exclusivas conferidas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en materia aduanera.
Según el fallo del Tribunal, la Ley del SAT otorgó originalmente a la instancia fiscal, de manera exclusiva, las atribuciones en materia aduanera. Por ende, el Poder Ejecutivo no tenía la facultad para crear posteriormente la ANAM mediante un reglamento, dotándola de facultades que ya estaban legalmente conferidas al SAT. La sentencia favorece solamente al ciudadano inconforme y, sin embargo, es la puerta para que otras personas o empresas recurran la modificación realizada por decreto.