Foco rojo, alerta, alerta…

Punto de Vista

Por Jesús Michel Narváez

En los últimos 123 años la historia de México no registra que por no acatar un mandato judicial haya sido depuesto un Presidente de la República. Porque el llamado fuero protege a todos aquellos funcionarios que hayan sido elegidos por los ciudadanos, además de ministros, magistrados, gobernadores, consejeros entre otros.

Los presidentes de México, desde hace más de un siglo, han sido cuidadosos y han respetado los mandatos judiciales. Cierto, algunos servidores públicos de menor rango han sido relevados de los cargos que ostentaban en esos momentos por no cumplir con los mandatos judiciales, como señala el artículo 107 de la Constitución.

No debe sorprender que el ministro Luis María Aguilar, defenestrado una mañana sí y la otra también desde el púlpito presidencial y amenazado con la presentación de una denuncia ante el Consejo de la Judicatura Federal por retrasar las decisiones legales, tenía agendado un proyecto de sentencia que habría de discutirse en la sesión de ayer de la Segunda Sala. Sin embargo, lo retiró sin explicar la o las razones para su decisión.

Lo importante del tema es que por primera ocasión la lumbre le llegó a los aparejos a quien la ley no le importa si no se hace justicia. El proyecto, en si hace justicia.

El proyecto se fundamentó en separar del cargo al ciudadano presidente en caso de negarse a cumplir una sentencia de amparo otorgada a una magistrada del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) para extender su mandato por 10 años.

El inciso XVI del artículo 107 de la Constitución, señala:

XVI.- Si la autoridad incumple la sentencia que concedió el amparo, pero dicho incumplimiento es justificado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de acuerdo con el procedimiento previsto por la ley reglamentaria, otorgará un plazo razonable para que proceda a su cumplimiento, plazo que podrá ampliarse a solicitud de la autoridad.

Cuando sea injustificado o hubiera transcurrido el plazo sin que se hubiese cumplido, procederá a separar de su cargo al titular de la autoridad responsable y a consignarlo ante el Juez de Distrito. Las mismas providencias se tomarán respecto del superior jerárquico de la autoridad responsable si hubiese incurrido en responsabilidad, así como de los titulares que, habiendo ocupado con anterioridad el cargo de la autoridad responsable, hubieran incumplido la ejecutoria.

El fundamento es válido toda vez que el texto no excluye a nadie en particular y generaliza la responsabilidad que termina con el con el superior jerárquico.

Se advierte que el ministro Luis maría Aguilar tiene pleno conocimiento de su propuesta. Es, por supuesto, apegada a derecho. Sin embargo, bajo las condiciones políticas que vive nuestro país, en donde el Estado de Derecho es cero a la izquierda, habrá que esperar que mañana surja la amenaza clara y sin rodeos, en su contra.

¡Cómo osar proponer la separación del cargo al “más querido de los presidentes de México!

La advertencia está clara: si el presidente de la República puede ser separado del cargo ¿por qué los funcionarios menores no?

Porque son ellos, los empleados del Jefe del Ejecutivo –al igual que en los estados libres y soberanos- los que se encargan de incumplir las sentencias de amparo otorgados por jueces de la materia amparados en la protección del “superior jerárquico”.

Por lo pronto, el calambre se hizo público. Y hay que reconocer el valor del ministro Aguilar para preparar, agendar, presentar su proyecto aunque finalmente lo haya retirado.

¿Quién habrá estado más tiempo del debido en el inodoro?

Usted saque sus conclusiones y encuentre la respuesta.

E-mail: jesusmichelpm@hotmail.com, Facebook Jesus Michel, Twitter @misionpolitica y en Misión, Periodismo sin Regaños martes y jueves de 16 a 17 horas por Radio Cañón en el 760 de amplitud modulada.

 

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