La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, que los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI) deben retirar la propaganda que incumple los Lineamientos para regular y fiscalizar los procesos partidistas de construcción de liderazgos políticos (Lineamientos).
En un asunto previo (SUP-JDC-255/2023 y acumulado), el pleno de la Sala Superior le ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) emitir los Lineamientos, con la finalidad de salvaguardar la equidad en el proceso electoral federal 2023-2024. Una de las reglas contenidas en los Lineamientos aprobados por el Consejo General del INE estableció que los partidos políticos tienen prohibido difundir propaganda con elementos electorales, o que no identifique el proceso político y la persona inscrita.
Esta controversia inició porque tanto el PRD como el PRI acudieron ante la Sala Superior en contra de un oficio de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE (DEPPP), que les ordenó retirar la propaganda masiva que no cumplía con la regla descrita. Argumentaron que la DEPPP no era competente para ordenar el retiro de la propaganda y que la orden carecía de razones y fundamentos.
El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y del magistrado José Luis Vargas Valdez, con la ausencia justificada del magistrado Felipe Fuentes Barrera, confirmó los acuerdos cuestionados. En los propios Lineamientos se estableció la facultad de la DEPPP para ordenar el retiro de la propaganda, en el contexto de estos procesos partidistas. Además, fue la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral quien calificó que el material incumplía las reglas de la propaganda (SUP-RAP-164/2023 y SUP-RAP-165/2023).