La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por mayoría de votos, sin citar a sesión pública, el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (UTCE del INE), que desechó las medidas cautelares solicitadas por Jorge Álvarez Máynez, con la intención de que Claudia Sheinbaum Pardo, Adán Augusto López Hernández, Marcelo Luis Ebrard Casaubón, Ricardo Monreal Ávila, Manuel Velasco Coello y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña no realizaran actos anticipados de precampaña y campaña, al amparo del proceso de elección para la coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación 2024-2030.
La controversia surgió con la denuncia de Álvarez Máynez, en contra de diversos eventos en los que participaron las personas mencionadas en el párrafo anterior. Al respecto, la UTCE del INE desechó la solicitud de medidas cautelares, dado que en un asunto previo la Comisión de Quejas y Denuncias de dicho Instituto ya había analizado hechos de similar naturaleza. Inconforme, el denunciante acudió a la Sala Superior.
La Sala Superior revocó el acuerdo para el efecto de que la Comisión de Quejas se pronunciara sobre la solicitud de medidas cautelares. Es decir, para que analice los eventos denunciados y se pronuncie respecto a si, preliminarmente, existen o no actos anticipados.
El pleno tomó esa determinación por mayoría de votos de los magistrados Indalfer Infante Gonzales, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, José Luis Vargas Valdez y del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón. El magistrado Felipe de la Mata Pizaña emitió un voto concurrente y la magistrada Janine Otálora Malassis, voto en contra. Lo anterior, con la ausencia justificada de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso (SUP-REP-221/2023).