INE otorga medidas cautelares por los recorridos de las corcholatas y les corta las alas

Los actos referidos como recorridos o “asambleas informativas”, en el marco del proceso de selección de la titularidad de la Coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, se lleven a cabo preferentemente en lugares pertenecientes al propio partido político, como sus oficinas estatales o municipales;

Deberán ser dirigidos a militantes y simpatizantes del partido Morena;

No deberán emitirse expresiones de índole electoral;

Previo al inicio de cada acto, ya sea un recorrido o una asamblea informativa, se deberá informar de manera explícita sobre el contenido del Acuerdo número ACQyD-INE-104/2023 y de la presente determinación;

Las medidas cautelares del INE derivan de la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el expediente SUP-REP-206/2023 y su acumulado, en la que determinó revocar el Acuerdo ACQyD-INE-118/2023, el cual  resolvió como improcedente otorgar las medidas cautelares solicitadas en contra de la convocatoria y los propios recorridos de las personas aspirantes a presidir la Coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) acató la sentencia volviendo a conocer la solicitud de medidas cautelares en contra de diversos actores políticos, dictando una nueva resolución, cumpliendo con el análisis preliminar de los hechos denunciados a partir de lo expuesto por los denunciantes y de las pruebas que obran en el expediente, esto de forma individualizada por cada una de las personas involucradas, para determinar si existe el derecho cuya tutela se pretende por el quejoso.

La Comisión, por mayoría de votos, declaró procedente otorgar  medidas cautelares, pues de un análisis individual y contextual a las 117 actas circunstanciadas presentadas por  los distintos órganos locales y distritales de este Instituto, respecto de los eventos o recorridos de los aspirantes y, desde una perspectiva preliminar, existe el riesgo inminente de que puedan realizarse otros con iguales o de similares características, que pudieran afectar el principio constitucional de equidad en la contienda.

Por lo anterior, se ordenó a los involucrados que todos los actos referidos como recorridos o “asambleas informativas” que se hayan programado o se vayan a programar, no contengan elementos proselitistas; además deberán realizarse conforme a lo siguiente:

Exigir el deber de cuidado, en cuanto a revisar el contenido de los discursos de las personas que están participando para la titularidad de la Coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, para asegurar que estén alineados con las acciones establecidas en el Acuerdo número ACQyD-INE-104/2023 y la presente determinación.

Así mismo, se reiteró la obligación impuesta a las partes en el acuerdo ACQyD-INE-104/2023, en el sentido de que, en todo tiempo, se deberán ajustar a los límites y parámetros constitucionales y conducirse acorde a los principios de legalidad y equidad.

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