Proponen incluir en la Constitución Política que queda prohibida la discriminación por expresión de género

Diputadas y diputados de MC impulsan reforma al artículo 1º de la Carta Magna

 

 

 

Con el propósito de prohibir toda discriminación motivada por la expresión de género, diputadas y diputados del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano impulsan una iniciativa para reformar el último párrafo del artículo 1º de la Constitución Política.

 

 

 

El documento explica que la expresión de género se refiere a cómo un ser humano expresa su forma de ser a través de su apariencia, comportamiento, forma de vivir y forma de vestir, la cual no siempre coincide con el género que se le asignó al nacer.

 

 

 

Expone que, dentro de la población lesbiana, gay, bisexual, transgénero, transexual, travesti, intersexual y LGBTIQ+, las personas con una expresión de género no hegemónica son propensas a padecer mayores niveles de discriminación, y a sufrir exclusión por los estigmas y prejuicios sociales.

 

 

 

La discriminación por razón de expresión de género impacta y afecta el ejercicio de los derechos humanos, como el derecho a la educación de personas trans y de género diverso que con frecuencia se ve vulnerado, ya que sólo el 25 por ciento pueden concluir sus estudios secundarios, añade.

 

 

 

Menciona que reconocer la expresión de género como motivo de discriminación es fundamental para garantizar la igualdad de derechos. El Estado debe tomar medidas al respecto para proteger a poblaciones vulnerables y promover la inclusión social en todas las esferas de la vida pública.

 

 

 

La iniciativa, remitida a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen, y a la Comisión de Diversidad para opinión, aclara que la Constitución Política establece en su artículo 1º la prohibición por llevar a cabo actos de discriminación que atenten contra la dignidad o que afecten los derechos y libertades de las personas de la diversidad sexual por origen en prejuicios de género o de orientación sexual.

 

 

 

Sin embargo, “esta realidad jurídica no ha garantizado la realidad social como un tema relevante debido a que aún existen servidores públicos que dentro de sus ámbitos de decisión e influencia se esfuerzan en perpetuar las acciones que estigmatizan, minimizan y afectan la dignidad de las personas con una expresión de género distinta”, agrega.

 

 

 

Por ello, considera que dicha incertidumbre ha motivado la interposición de recursos legales por medio del máximo tribunal del Estado mexicano respecto de si las personas diversas cuentan o no con los mismos derechos que el resto de la población.

 

 

 

Asimismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado a favor del reconocimiento de las identidades de género distintas por medio de la protección de la autodeterminación del derecho a la intimidad, a la identidad personal y sexual en la dignidad humana.

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