Punto de Vista
Por Jesús Michel Narváez
Desaparecer de un plumazo -firma- en el decretazo, no será suficiente para que se cumpla el capricho del huésped temporal del Virreinal edificio ubicado en la Plaza de la Constitución.
El otro López, el que también es inquilino temporal del otro palacio localizado en Bucareli, pareciera no entender que el INAI es un organismo protegido por la Constitución.
Para “desaparecerlo, porque no sirve para nada”, requiere de unja reforma constitucional al artículo sexto a partir del inciso VIII.
Sin tener la mayoría calificada y con una oposición que por el prurito de “tener información”, no será posible consensuar una reforma de este calado.
El INAI es un órgano con autonomía constitucional y, por tanto, como el INE, el TEPJF, el Ifetel, la Cofece, entre una docena de organismos, está protegido por la Carta Magna.
Y no parece tener sentido hacer una reforma legal a la Ley reglamentaria del sexto constitucional para satisfacer el capricho presidencial que, no tiene otro objetivo, sino paralizarlo a fin de que no mantenga sus funciones de “informar a los ciudadanos” del manejo financiero que realiza el gobierno federal y los estatales.
La fracción VIII del artículo en comento, señala:
La Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados en los términos que establezca la ley.
Si eso no se entiende en el Poder Ejecutivo, cualquier intentona de “asesinar” al ente que ha permitido descubrimientos que llevaron a enterarnos de la casa Blanca, los contratos de Pemex a su nuera y prima hermana; los bienes del fiscal general de la República, sobre todo la colección de autos antiguos y modernos y la Estafa Maestra, entre otros tantos temas, hay que hacerlo saber.
No basta una orden proveniente desde el monólogo matutino o una grabación en la que el segundo de a bordo en el poder Ejecutivo, en la que se escucha que el “mundo ideal es sin el INAI” para alcanzar el propósito.
De suyo, se trata de un homicidio doloso.
Es la forma de silenciar a quien resuelve, en ejercicio de sus facultades y en el Pleno, que la información debe ser pública y las entidades señaladas, están obligadas a entregarla a petición del ciudadano.
Por si no se entiende el mensaje, el quinto párrafo del VIII dice:
Las resoluciones del organismo garante son vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados. El Consejero Jurídico del Gobierno podrá interponer recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los términos que establezca la ley, sólo en el caso que dichas resoluciones puedan poner en peligro la seguridad nacional conforme a la ley de la materia.
¿Así o más clarito?
Si los senadores de Morena desoyen a su coordinador parlamentario y se suman al linchamiento que se inició y persiste desde Palacio Nacional, estarán faltando a lo expreso en la Constitución y si prospera la controversia constitucional presentada por el organismo y la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordena la elección de 2 comisionados y no se atiende, entonces todos los integrantes de la Cámara Alta caerán en desacato y, en una de esas, son removidos.
¿Qué necesidad?
Y todo para atender otro más de los caprichos presidenciales.
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