ALFREDO MEJÍA MONTOYA
El ejercicio del poder en la mayoría de los países que conforman el concierto internacional de las naciones, tiene su fuente fundamental en su Constitución. México no es la excepción y también en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos están los lineamientos y obligaciones de cada una de las Dependencias Federales, Estatales y Municipales y por supuesto las del titular del ejecutivo.
Asimismo, como ley secundaria esta la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, misma que establece las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal.
Por otra parte, cada una de las Dependencias y entidades que conforman el gabinete legal y ampliado, al frente de cada Secretaría habrá́ un secretario de Estado, quien, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará por los Subsecretarios, Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Jefes de Unidad, Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento, y los demás funcionarios, en los términos que establezca el reglamento interior respectivo y otras disposiciones legales. Las Secretarías de la Defensa Nacional, de Marina y de Hacienda y Crédito Público contarán cada una con una Oficialía Mayor, las cuales tendrán las funciones que establezca el artículo 20 de esta ley y las que determinen los reglamentos interiores. (*)
En la parte conducente, los Reglamentos Interiores de cada una de las dependencias señaladas en el párrafo que antecede, se contemplan la competencia, atribuciones y facultades como actividades obligatorias de dichas instituciones.
En ese orden, ¿por qué entonces López Obrador se inmiscuye, se entromete y compromete, opina y dispone en esas atribuciones o competencias?, decidiendo por los titulares de cada una de las dependencias señaladas en el párrafo tercero. Rompiendo con el estado de derecho preexistente y por ende violentando las disposiciones señaladas en los reglamentos, He ahí, porque hay tantos Juicios de Control de la Constitucionalidad, llámese Juicios de Amparo.
Ejemplo claro, . . . si bien es cierto que el titular del ejecutivo puede nombrar a los embajadores, en los países con los que México tenga relaciones diplomáticas o hasta emitir una terna; también no es menos cierto que esos embajadores por ministerio de ley deben provenir de la Secretaría correspondiente para determinar su grado de conocimientos en las relaciones diplomáticas, internacionales y que han cumplido un plan de carrera como lo establece la ley correspondiente.
López ha considerado las Embajadas como un premio a los que le han sido leales y cubrir embajadas estratégicas en el mundo.
Otro, . . . todos los días en las matinales ha ignorado al Fiscal General de la República, porque ante cualquier suceso que incluya a gente cercana a él, incluso familiares o de su círculo más cercano, él mediante un análisis, politiquería y decisión, sentencia que no es culpable de nada, que solo son ataques de la oposición fascista, retrograda, emisarios del pasado, conservadores, medios de comunicación, y solo quieren hacer daño al país y a sus instituciones. Y no se resuelve la situación jurídica de los inculpados, generando un estado de absoluta impunidad.
Otro ejemplo, . . . el más riesgoso y lamentable, fue precisamente en el sector salud, en donde le quitó la oportunidad de servir al país a un experto, al Dr. Jorge Alcocer, secretario del ramo, quedándose López Obrador y su títere Hugo López-Gatell al frente de tan importante y trascendental actividad durante la Pandemia, el abasto y desabasto de medicinas, el control de las vacunas que usaron con fines electorales, vacunas que millones de ellas se quedaron en los refrigeradores de la COFEPRIS o donde hayan elegido almacenarlas.
Se entrometió en el sector salud y ninguno de los dos salió bien librados, porque cientos y miles de fallecimientos causados por el Covid-19 en parte fue su negligencia, ignorancia y el insultante protagonismo y acaparamiento de los reflectores.
No es de dudarse que cuando finalice su mandato, López Obrador y su títere López-Gatell enfrenten ante los Tribunales Internacionales particularmente en la Corte Penal Internacional (CPI) juicios por crímenes de lesa humanidad, considerando a este figura jurídica como “los crímenes de lesa humanidad son: asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso, privación de libertad fuera del derecho internacional, tortura, violación y otros crímenes sexuales, persecución por motivos discriminatorios, desaparición forzada, apartheid y otros actos … “
Y así tenemos al titular del ejecutivo todos los días en sus matinales, cruzar las esferas de las competencias, atribuciones y de cada una de las actividades del gobierno federal, sin respetar el estado de derecho que debe prevalecer en un estado democrático previamente establecido.
Lo mismo le da cambiar las formas o requisitos para otorgar permisos en materia de energía eléctrica; de hidrocarburos; del sector minero, sector agropecuario, economía, licitaciones, asignación directa de contratos, medicinas, entre otras áreas.
Con estos ejemplos diáfanos y cristalinos, lo único que hace notar es su enorme y supina ignorancia sobre las atribuciones y facultades de cada una de las Dependencias que conforman su gabinete. Cuando cada una tiene sus funciones independientes por materia, y en su afán protagónico considera que conoce los temas, el problema y resultados, y no, no los tiene, por ello el país dejó de crecer económicamente hablando, cuando López tomó el poder y no incluyó el estado de derecho en su portafolio para el ejercicio de ese poder.
El estado de derecho es un requisito fundamental en las relaciones jurídicas de las políticas públicas, no ejercerlo con responsabilidad, acarrea consecuencias funestas y lamentables como está sucediendo en México con respeto al Tratado de Libre Comercio (TLC) llámese (T-MEC) Tratado de Libre Comercio entre México-Estados Unidos-Canadá.
Y considerando que el estado de derecho se da cuando el “Estado cuyo poder y cuya actividad están regulados y garantizados por la Ley”, habrá respeto en las relaciones con los privados
Por ende, nadie está obligado a soportar jurídicamente la actividad irregular del Estado.
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