El presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conoce el decreto por el que reforma el artículo 33 constitucional cuyo tercer párrafo es eliminado y su contenido en dos líneas dice: Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país, con lo que se abre la puerta para que todos aquellos asesores no nacionales actúen en actividades políticas que, hasta antes de que este decreto sea aprobado por el Poder Legislativo, tenían prohibido.
El texto actual señala en sus tres párrafos:
Artículo 33.-
Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución.
(ADICIONADO, D.O.F. 10 DE JUNIO DE 2011)
El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención.
Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país.