Senado avala procedimiento para elegir a magistrados de Salas Regionales del TEPJF

  • Las comparecencias de los aspirantes se realizarán los próximos 21, 22 y 23 de febrero ante los integrantes de la Comisión de Justicia. 

El pleno del Senado de la República aprobó un acuerdo de la Mesa Directiva que determina el procedimiento para el análisis y dictamen de las propuestas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para ocupar el cargo de magistradas y magistrados de Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

En el documento se establece que, para el análisis de las ternas de los candidatos y las candidatas a ocupar los cinco cargos de magistrados de las Salas Regionales, la Comisión de Justicia, que preside la senadora Olga Sánchez Cordero, elaborará un dictamen que se refiera al cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales de los candidatos propuestos, mismo que deberá emitir dentro de los próximos 10 días a partir del día de hoy.

 

“Para verificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, la Junta Directiva de la Comisión de Justicia definirá la metodología y el procedimiento de análisis aplicables, y deberá contemplar las comparecencias de los candidatos que se celebran en grupos de cinco personas los días 21, 22 y 23 de febrero”, señala el acuerdo.

 

Una vez aprobado el dictamen en cuestión, dentro de las 24 horas siguientes, la Comisión de Justicia lo remitirá a la Mesa Directiva del Senado, quien deberá integrarlo en el orden del día del Pleno del Senado de la República para su trámite.

 

El acuerdo de la Mesa Directiva establece que el dictamen que resuelva sobre la cobertura de los requisitos para ocupar el cargo será sometido a la consideración del pleno en los términos reglamentarios y resuelto en votación nominal.

 

Prevé que en caso de que resulte aprobado el dictamen, se realizará la elección a través de votación por cédula de las ternas recibidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 97, numeral uno, fracción tercera y 101 del reglamento del Senado.

 

Además, en la votación de las ternas de las personas candidatas, deberá reunirse el voto aprobatorio de las dos terceras partes de los miembros presentes.

 

“La protesta constitucional de las personas electas se realizará en la sesión que acuerde la Mesa Directiva y en caso de que ninguna de las personas de cualquiera de las ternas obtenga la mayoría calificada, la Cámara de Senadores lo notificará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que presente una nueva terna que se desahogará conforme al procedimiento previsto en el presente acuerdo y se votará a más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la misma”, agrega el acuerdo.

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