“¿Estás ahí, Abogado?”
HORACIO ARMANDO HERNÁNDEZ OROZCO
“Cabo de Miedo” (“Cape Fear”) thriller psicológico, dirigido por Martin Scorsese y protagonizada por Robert De Niro (Max Cady), Nick Nolte (Sam Bowden), Jessica Lange (Leigh Bowden), Juliette Lewis (Danielle Bowden), Illeana Douglas (Lori Davis) y Joe Don Baker (Claude Kersek); cuyo estreno fue en 1991.
Max Cady, un exconvicto que acaba de ser puesto en libertad tras catorce años entre rejas, busca al abogado Sam Bowden, para vengarse de él, pues lo considera responsable de su condena; así que comienza un acoso sobre la familia Bowden que cada vez es más intenso y amenazador.
Es un remake de la película homónima de 1962, que está basada en la novela de 1957 The Executioners, de John D. MacDonald, además cuenta con la participación de Robert Mitchum (teniente Elgart), Gregory Peck (Lee Heller) y Martin Balsam (el juez) que aparecieron en la película original.
UNA INESPERADA
APARICIÓN
Sam Bowden se desenvuelve como abogado en la ciudad de New Essex, en Carolina del Norte, lleva una aparente vida tranquila y feliz con su esposa Leigh y su hija Danielle, hasta que un día aparece Max Cady, al que defendió cuando era defensor público por un delito de violación y agresión.
La forma de introducir al personaje de Max Cady es molesta, hasta para el espectador, pues ir al cine y encontrarse en plena sala con un tipo que fuma un puro que ríe con sonoras y perturbadoras carcajadas, no es agradable para nadie; desde aquí se va dibujando la personalidad del psicópata que quiere llamar la atención a como dé lugar.
En la actualidad, en las salas de cine está prohibido fumar, pero en 1991 no existía esa restricción por parte de la ley.
CATORCE AÑOS
DE CONDENA
Sam defendió a Max Cady por violar y golpear brutalmente a una joven, pero horrorizado por los hechos, ocultó un informe relativo a que la víctima era una mujer promiscua, con esta prueba se pudo reducir la condena e incluso una posible absolución, Cady era analfabeto en el momento del juicio y no se dio cuenta de ello, por lo que fue condenado.
Catorce años que fueron un tormento para Cady, sufrió múltiples violaciones y vejaciones en la cárcel; no se narra en la cinta, pero obviamente salió adelante; durante su condena aprendió a leer, ha estudiado Derecho y se convirtió en su propio abogado, solicitando la revisión de su caso varias veces sin éxito.
Así es como este oscuro personaje sabe que su abogado ocultó pruebas en el juicio, por lo cual esos catorce años le han servido para planear su venganza, y comienza una serie de desagradables eventos.
Pero ¿acaso un abogado defensor no debe poner todo de sí para lograr lo mejor para su cliente? o ¿no debe ofrecer pruebas que lo beneficien?
UNA SEGUNDA
VIOLACIÓN
En un bar, Cady conoce a Lori Davis, una compañera de trabajo de Bowden; ella lo lleva a su casa, donde él la esposa, le rompe el brazo, le arranca la piel de la mejilla de un mordisco y la viola.
Este segundo ataque sexual es brutal y sería suficiente para que la policía aprehenda al psicópata agresor, pero la víctima se niega a presentar cargos en su contra.
Pero ¿cómo es posible que no quiera denunciarlo?
En un diálogo que tiene Bowden con Lori, ella le manifiesta que está avergonzada y traumatizada por lo ocurrido, pero lo que en verdad le aterra es tener que presentarse a juicio y ser acosada por abogados que le preguntaran qué hacía sola en un bar, cómo iba vestida esa noche, porqué aceptó a salir con un hombre que acababa de conocer, y porqué lo llevó a su casa, si era la primera vez que hacía eso; ella lo que quiere evitar es una revictimización.
La novela fue publicada en 1957, la primera versión cinematográfica es de 1962, siendo entendible que, en aquellos años, aún existiera ese tipo de preguntas a la víctima de un delito sexual, las cuales serían relevantes para el caso, pues inclusive la prueba que se oculta es sobre el modus vivendi de la menor víctima de violación, que llevaba una vida en promiscuidad.
Inclusive en 1977, que conforme al remake es cuando se da el primer delito de violación, pudiera estimarse ese tipo de estigmatización judicial hacia la víctima, pero que en 1991 aún se pensara que la víctima es causa de lo sucedido, o que un actuar previo es provocación del delito, es algo inconcebible; sin embargo, cabe señalar que para esa época la Constitución Mexicana requería que la querella o denuncia fuera presentada por persona digna de fe.
LA ABOGACÍA COMO
FORMA DE VIDA
Bowden contrata al detective privado Claude Kersek para que vigile a Cady, y éste le sugiere que contrate a tres hombres para que le den una paliza, así que el abogado acepta y le exige a Cady que se marche o sufrirá graves consecuencias.
Es claro que el abogado se siente rebasado por este psicópata, y la autoridad policiaca no es de mucha ayuda, pues ninguno de los hechos aparentemente intimidatorios ha sido probado y no puede ser aprehendido, por eso es que recurre a tácticas al margen de la ley.
La ética del abogado se ha rotó desde que ocultó pruebas a favor de su cliente, pero, aunque no está en práctica legal de su profesión debe guardar y hacer cumplir la ley; el contratar gente para que golpee a Cady e inclusive tratar de comprar un arma, son aspectos ilícitos y lo sabe.
Así que adiós al juramento ético de la práctica de abogacía.
Lee Heller, nuevo abogado de Cady, presenta una denuncia ante el colegio de abogados de Carolina del Norte, prometiendo hacer que inhabiliten a Bowden para ejercer la abogacía, pues Cady ha grabado secretamente la amenaza y sus lesiones para pedir una orden de alejamiento en su contra.
Siempre hay una doble moral, pues si la mujer con su vestir y actuar provocativo era víctima de un delito sexual, pudiera ser que su agresor tuviese una condena menor, e inclusive fuera absuelto, pero en la producción de 1962, la censura impuso en el guion que en ningún momento se pronunciara la palabra «violación» y que, como en la novela original, Cady era un soldado sometido a consejo de guerra por la brutal violación de una muchacha de 14 años, considerando que daría una imagen negativa del personal militar estadounidense debía eliminarse ese dato.
Sea como sea, ocultar pruebas que favorecen al cliente, es ir contra todo deber profesional, aunque el abogado tenga pleno convencimiento de que su cliente ha hecho algo atroz, es un conflicto entre el deber profesional y el deber moral.
Este dilema se resume en mal si lo haces o mal si no lo haces, pero en este caso, ¿cuál es la diferencia entre que es lo correcto y lo que no?
La mejor respuesta la tendrá como siempre nuestro amable lector…