Urge una Rasurada al Catálogo de Delitos de la Preventiva Oficiosa

NIDIA MARIN

Además de que el habitante de Palacio Nacional se salió con la suya y los planteamientos en la Corte se fueron por la tangente y no por el ordenamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, preguntamos: 

¿Por qué el Congreso de la Unión no le da una rasurada al artículo 19 constitucional en cuanto a la cifra de delitos que se contemplan en la Oficiosa para reducir la saturación en las cárceles del país, sobre todo de mujeres?

De acuerdo, la Corte no puede cambiar la Constitución, pero sí puede responder al mandamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por el caso de los dos mexicanos encarcelados durante 17 años sin sentencia.

En cuanto a la Suprema, la esperanza es que las ministras que se opusieron a emitir una opinión a favor del cambio que llevaría a cabo en todo caso el Congreso, no se les movió un solo musculo del rostro ante la realidad en México: el incremento desbocado de las mujeres en prisión preventiva: 50.9%, es decir, en 2022 ya rebasaron a los varones presos preventivamente, sea mediante la oficiosa (la mayoría) o la justificada.

¡Qué pena señoras!

Y nuestro país, una vez más, en estos cuatro años de gobierno, es el hazmerreír, tras los regaños y reclamos presidenciales.

¿Y el veredicto de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos en el caso de los dos mexicanos presos sin sentencia durante 17 años? Que se quede en el escritorio. México responde internacionalmente a lo que le conviene, según el que está sentado en la Silla del Águila. ¡Y la Corte obedece!

 Pero, además ellas, las señoras de la Suprema prefirieron seguir de rodillas. Porque, “La Oficiosa” causó “oficiosamente” la agresión presidencial contra lo que huela a juez o ministro, sobre todo en el caso de las féminas con la frase de “me equivoqué” que es tanto como decir “ya no las quiero” o “¡fuchi!” y la balconeada que les dio a los jueces que, según él, han violentado la ley. 

Y uno piensa al respecto: a lo mejor por eso los juzgadores están vivos, porque en México ellos deben elegir entre la aplicación de la justicia y su consecuencia: la muerte.

Pero bueno, supongamos que el Congreso de la Unión asume su responsabilidad y despresuriza las prisiones, aunque en Palacio Nacional no quieran. 

Y no se trata de que sólo porque sí, o porque “yo lo digo” salgan en libertad tirios y troyanos. No, sino que haya JUSTICIA con mayúsculas para todos aquellos que siendo inocentes purgan condenas sin haber sido condenados, es decir sentenciados y viven tras las rejas sin merecerlo.

Dicen quienes saben que el asunto pertenece al área del llamado “límite razonable”, y que serían los legisladores los que podrían modificar el artículo constitucional correspondiente para dejarlo más claro.

Actualmente el artículo 19 señala: 

“Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará: el delito que se impute al acusado; el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión”.

El “límite razonable”, nos guste o no, es la clave para solucionar el abuso de la prisión preventiva oficiosa en México, ya que, tras los señalamientos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (porque efectivamente no es de su competencia reformar el artículo constitucional correspondiente) se queda en el aire la posibilidad de que muchos mexicanos hombres y mujeres (y tal vez algunos extranjeros) ya no permanezcan encarcelados sin sentencia durante décadas.

¿Son o no culpables? Nadie lo sabe. ¿Los que metieron la pata fueron quienes los detuvieron, porque están encarcelados, pero no tienen sentencia? ¿Son inocentes? ¿Nacieron para ser carne de presidio? 

No necesariamente, pero el hecho de que pase una década sin saber lo que sucederá con ellos y cuándo saldrán libres o ya no saldrán en libertad, los afecta tanto como a sus familias, sobre todo si no hay agravantes y por el contrario hay amortiguadores, construidos o no con el tiempo.

Pero… ¿Cómo lograr que se cumplan las normas?

Haciéndolas más claras, porque se ha denunciado que entre 2019 y 2020 aproximadamente 100,000 personas ingresaron a los diversos penales del país, pero el 85% no ha sido sentenciado. Se ubican en los 19 centros penitenciarios federales, 251 centros penitenciarios estatales y 53 centros especializados de tratamiento o internamiento para adolescentes que hay en el país.

Hasta antes de la reforma en 2021 la Oficiosa contemplaba cerca de 30 delitos.

Y en 2021 se añadieron: el feminicidio, parricidio, matricidio, filicidio, uxoricidio, fratricidio y otros homicidios por razón del parentesco o relación. Además, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, violencia sexual contra menores, corrupción, desaparición forzada, robo al transporte de carga y huachicol.

En fin, que le urge una rasurada al catálogo de delitos, por lo que los mexicanos tocan el portón del Congreso de la Unión. 

Y ojalá tengan pena ajena, abran y quiten la tranca.

Acerca de misionpo 36796 Articles
Noticias nacionales e internacionales. Investigación y reflexión política.