Ningún patrón puede condicionar el pago del trabajo devengado: SAT

La jefa del Sistema de Administración Tributaria ratificó ratificó que la dependencia no solicitó la constancia de situación fiscal para poder facturar o timbrar la nómina, sino que fueron las mismas empresas quienes condicionaron a sus trabajadores, por lo que “ningún empleador puede condicionar el pago de un trabajo ya devengado por un trámite administrativo de ningún tipo”.

Raquel Buenrostro, aclaró que “el SAT nunca pidió la constancia de situación fiscal, no es un requisito del SAT. ¿Cómo da origen toda esta necesidad de la constancia? Lo que sí es que, históricamente cada que se emite una factura, lo único que se verificaba por sistema era el RFC en el SAT”.

El problema surge a partir de la modificación en la miscelánea fiscal que obliga a la dependencia a revisar el nombre, razón social y código postal de los contribuyentes en las facturas. Pero, explicó, la mayor parte de las personas que tienen sueldos y salarios no conocen el código postal que tienen registrado ante el SAT.

“Como no conocen el código postal, fueron los propios gerentes de recursos humanos de las empresas que mandaron a los trabajadores a conseguir el dato del SAT. En el SAT, el documento que contiene esa información, pero además tiene otra más, es la constancia de situación fiscal”, dijo Buenrostro.

Foto: web

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