Normatividad que regula los tiempos de resolución de la SCJN es deficiente, señala estudio

Un estudio elaborado por la organización México Evalúa concluyó que la normatividad que regula los tiempos de resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es deficiente, lo que puede atentar contra el derecho de acceso a las y los mexicanos a una justicia pronta, completa e imparcial.

“Históricamente, nuestro máximo tribunal ha sido criticado no solamente por su lentitud, sino por variaciones importantes en sus tiempos de resolución, las cuales podrían depender de factores políticos, mediáticos o económicos”, dijo Edna Jaime, directora general de México Evalúa al participar en la presentación del Observatorio de la Suprema Corte: diagnóstico de la transparencia procesal.

De acuerdo con el análisis, esta normatividad es deficiente porque “no prevé plazos para ciertas fases procesales, y cuando éstos existen, algunos son ambiguos o poco realistas. Asimismo, la normatividad no contempla mecanismos que aseguren el cumplimiento de los plazos existentes ni algunos actos procesales, y carece de criterios claros para la toma de ciertas decisiones procesales”.

“Estas deficiencias normativas abren espacios de discrecionalidad en el manejo procesal de los asuntos, los cuales, a su vez, son potenciados por la opacidad que existe sobre su ruta procesal”, concluye el documento.

Para elaborar este análisis, el programa de Transparencia en la Justicia de la organización presentó más de 130 solicitudes de acceso a la información a la Corte, con el fin de reconstruir la ruta procesal de los principales tipos de asuntos que conoció la Corte entre 1995 y septiembre de 2021.

El primer problema que se encontró es que la información proporcionada por la Corte era incompleta, y en ocasiones contradictoria y hasta errónea. Adicionalmente, la Corte reportó que no tenía registro de algunas fechas y datos solicitados, lo que, de acuerdo con la organización, resulta inverosímil.

“Esto nos deja dos opciones. O bien existen serias deficiencias en el registro de los datos relacionados con el trámite de los asuntos que la Corte conoce, lo cual es muy preocupante porque significa que no cuenta con información confiable para dar seguimiento a los asuntos que tiene la responsabilidad de resolver. Otra hipótesis es que en realidad la Corte cuenta con registros más detallados y rigurosos, pero que no quiso compartirlos con nosotras”, señaló Laurence Pantin, coordinadora del programa.

Pese a lo que calificaron como una “deficiente calidad de los datos obtenidos”, la organización pudo realizar un análisis de los tiempos promedios de resolución en general, por asuntos y por ministros, donde encontró variaciones importantes.Así, señaló que mientras los ministros que más tiempo requieren para resolver sus asuntos son Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena (con 356 días) y Ana Margarita Ríos Farjat (con 294 días), los que menos requirieron tiempo fueron los ministros en retiro Sergio Valls Hernández, Genaro Góngora Pimentel y Juan Díaz Romero, quienes tardaban en promedio entre 110 y 152 días

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