*Si no se libera a José Manuel del Río, se revocará del cargo al funcionario que no acate la orden, advierte el senador Monreal

• _El secretario técnico de la Jucopo debe ser liberado en las próximas horas tras la última resolución judicial, dice_

Si las autoridades responsables no cumplen con la resolución que revoca la prisión preventiva oficiosa a José Manuel del Río Virgen, el proceso podría culminar con la separación del cargo del funcionario que no acate la orden, así como su consignación, detalló el senador Ricardo Monreal Ávila.

En un artículo titulado “Justicia”, el coordinador de Morena en el Senado puntualizó que si no se libera al secretario técnico de la Junta de Coordinación Política se impondrá una multa a la autoridad correspondiente y se remitirá el expediente al tribunal colegiado para seguir el trámite de inejecución.

Explicó que el juez decimoséptimo de distrito en el estado de Veracruz revocó, tanto el auto de vinculación a proceso del 28 de diciembre de 2021, como la medida cautelar del 22 de diciembre de 2021, consistente en la prisión preventiva oficiosa con duración de un año.

Tras esta acción, agregó el líder de la mayoría legislativa, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito confirmó el sentido y los efectos de la sentencia de amparo.

En consecuencia, subrayó, el asunto se convierte en cosa juzgada y, por tanto, en una resolución inatacable, así que se está en condiciones jurídicas de liberar a del Río Virgen, una vez que se celebre la audiencia para dictar el auto de no vinculación a proceso.

Una vez que el juez de distrito notifique a la autoridad responsable la sentencia dictada en la revisión del amparo, aquélla contará con un plazo legal para cumplir la ejecutoria de éste, acotó. La audiencia que fue convocada para este viernes 17 de junio a las 18:00 horas.

Finalmente, dijo Monreal Ávila, la autoridad deberá dejar insubsistente la resolución del 28 de diciembre de 2021 en la que se dictó auto de vinculación a proceso contra el secretario técnico de la Jucopo y tendrá que emitir una nueva determinación, en forma oral, en la que establezca la no vinculación.

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